
El invierno es sinónimo de frío. En la calle, en casa y también en el coche, sobre este último punto ha querido la Dirección General de Tráfico (DGT) puntualizar un caso muy común en la conducción. En muchas ocasiones al coger un coche en bajas temperaturas y al tardar la calefacción de algunos vehículos en surtir efecto, muchas personas pilotan con un abrigo grande y gordo, lo que puede salvar de esa mala sensación térmica... pero conllevar una multa.
Guantes, gorro, bufanda, abrigo... un sinfín de prendas salen del armario según llega el invierno para arropar a esos que constantemente tienen la sensación de que su cuerpo se va a quedar helado. También al volante, la DGT ha puntualizado un tema que puede ser peliagudo por el riesgo que entraña al llevar estas ropas.
Y es que al igual que en verano la falta de prendas puede dificultar la conducción, el mismo efecto tiene en invierno la abundancia de ellas. Esos guantes con los que no se agarra bien el volante, el abrigo que impide que se articule bien el brazo, las botas que complican la sensibilidad sobre los pedales o la bufanda que dificulta la visión son motivo de multa.
Eso sí, solo si así considera un agente de tráfico que está perjudicando a la conducción estas prendas por el sucesivo riesgo que puede suponer para uno mismo y otros actores de la vía. Una infracción que se recoge según el artículo 18.1 del Código General de Circulación en el que se ordena al piloto ir siempre en una posición adecuada.
"El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos".
Esta es la multa por conducir con un abrigo incómodo
De esta forma, sin incidir directamente en estas prendas de invierno, si así dificultan la conducción, el agente está autorizado a multar al usuario. Desde 80 hasta 200 euros de multa, según considere la gravedad de la acción, lo normal es que se considere una infracción "leve" por lo que tendría la menor de estas sanciones.
Todo con el fin de garantizar la mayor seguridad posible al volante y cerrar de la mejor manera un 2021 que ha sido de recuperación de la normalidad para la DGT. Ante el frío, la institución recuerda que todo coche debe tener apta la calefacción, necesaria para dar comodidad tanto al conductor como al resto de ocupantes del vehículo.