
Llega la hora de actuar para reducir la declaración del IRPF antes de concluir el año. Estas son las 15 claves más una que tiene que tener en cuenta para ahorrar dinero en su declaración.
1 La legislación tributaria permite compensar las pérdidas con las ganancias con vistas a la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de este año, que se declarará en mayo o junio de 2017. Por eso, quienes dispongan de dinero suficiente para invertir en bolsa podrán compensar las minusvalías sufridas. Ahora es buen momento para echar cuentas y compensar pérdidas generadas por fondos de inversión, acciones o derivados financieros con las ganancias patrimoniales obtenidas. Pero, la legislación establece que no se pueden adquirir los mismos valores o similares en los dos meses posteriores a la venta.
2 La reforma fiscal, además, eliminó las restricciones para compensar rendimientos de capital mobiliario con ganancias y pérdidas patrimoniales. Así, desde este año se podrán compensar los rendimientos negativos del capital mobiliario -acciones, fondos de inversión- con las ganancias patrimoniales -venta de inmuebles u otro patrimonio-. El porcentaje de compensación para 2015 fue de un 10 por ciento, mientras que para 2016, 2017 y 2018 es del 15 por ciento, del 20 por ciento y del 25 por ciento, respectivamente.
3 Por tanto, si existe rendimiento de capital mobiliario positivo es recomendable estudiar la materialización de las pérdidas en venta de acciones y otros productos patrimoniales, o bien si existen ganancias patrimoniales, compensar con rendimientos negativos de capital mobiliario.
4 Más importante que las deducciones que se pueden realizar con vistas a reducir el pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en la declaración de mayo y junio del año que viene es el de las aportaciones de dinero a planes de pensiones, el límite de aportación máxima con derecho a desgravación desde 8.000 euros, si bien se podrá ampliar en 2.500 euros si se realiza a planes de pensiones a nombre del cónyuge, pero este debe obtener unos rendimientos de trabajo inferiores a 8.000 euros anuales.
5 Otra posibilidad es la apertura de un Depósito Individual de Ahorro a Largo Plazo o un Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo, lo que permitirá hacer imposiciones en los siguientes cinco ejercicios, siempre sin poder superar el tope de 5.000 euros anuales y que la rentabilidad quede exenta si se decide retirar todo el importe acumulado cuando haya transcurrido ese periodo de cinco años.
6 La tradicional deducción por adquisición de la vivienda habitual excluye ahora a todos aquellos compradores que realizaron la operación de compra después de 2013. Se sigue exigiendo en la actualidad para quienes puedan beneficiarse de esta deducción los mismos requerimientos que de costumbre, principalmente que la vivienda sea habitual y se pueden incluir los gastos de financiación de la adquisición. El límite es de 9.040 euros entre intereses y capital amortizado del préstamo que utilizó para pagarla. Con vistas a las rentas obtenidas en 2016, se pueden iniciar obras de rehabilitación, pero estas deben de tener carácter estructural para que desgraven.
7 Si una vez cumplidos los 65 años de edad se piensa vender la vivienda habitual no habrá que tributar por la ganancia patrimonial producida. Y si antes de jubilarse se crea una renta vitalicia es recomendable tener en cuenta la ventaja que supone no tener que tributar por la ganancia patrimonial obtenida en la transmisión de cualquier bien o derecho reinvirtiendo lo obtenido, hasta un máximo de 240.000 euros, en la constitución de esa renta vitalicia.
8 Si se transmite la vivienda habitual en 2016 obteniendo una ganancia patrimonial, y se puede reinvertir el importe obtenido en la adquisición de otra vivienda habitual, no tendrá que tributar por dicha renta. No obstante, tener en cuenta que la reinversión ha de realizarse en un plazo máximo de dos años desde la fecha de transmisión y que, si no se realiza en el mismo 2016, deberá comunicar en la renta de este año su intención.
9 Alquilar a menores de 30 permite deducirse. Si se alquila a jóvenes con ingresos superiores al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem) -7.455,14 anuales en 14 pagas- con una edad comprendida entre ocho y 30 años, se estará exento de tributar por el alquiler al 100 por ciento.
10 Quién vive de alquiler antes de 2015 y se dedujo por este hecho en su día, tiene la suerte de poder aprovechar el régimen transitorio de la deducción por alquiler de vivienda habitual. En estas circunstancias, siempre que esté en los límites de base que la norma establece, le convendrá no cambiar de casa, utilizar las prórrogas del contrato y, si se terminan, también podrá seguirse deduciendo si vuelve a firmar contrato con el dueño del piso, incluso aunque modifique el importe y el plazo del contrato. Es más interesante alquilar el inmueble para vivienda habitual a una persona física, que hacerlo para desarrollar una actividad profesional o empresarial o como apartamento vacacional. No obstante, también es interesante a efectos fiscales, si el alquiler con una empresa se realiza en concepto de vivienda de un empleado de la misma. Todo ello para no perder la reducción del 60 por ciento del rendimiento neto.
11 Si es mayor de 65 años y ha transmitido un elemento patrimonial distinto de la vivienda habitual con ganancia, y ha constituido con el importe obtenido una renta vitalicia o la piensa constituir en plazo, le conviene estudiar si le interesa exonerar de tributación la ganancia y consumir todo o parte del límite de 240.000 euros o, mejor, le compensa esperar a transmitir otro bien o derecho en el que se vaya a producir una ganancia mayor.
12 En caso de que se vaya a crear empleo en actividades económicas en estimación directa, es posible beneficiarse del régimen especial de empresas de reducida dimensión. Es recomendable invertir en elementos nuevos del inmovilizado material o de las inversiones inmobiliarias y podrá amortizarlos libremente en 120.000 euros anuales por cada persona de incremento de plantilla.
13 Si la actividad se realiza en la propia vivienda, se deben individualizar los suministros y deducirlos de los ingresos empresariales o profesionales. Se puede hacer por un criterio combinado de metros cuadrados y tiempo de dedicación. Otros gastos, como el de la comunidad de vecinos, pueden deducirse en proporción a los metros cuadrados utilizados.
14 Si es trabajador por cuenta ajena, con vistas a la tributación del próximo año, puede cambiar retribuciones dinerarias por retribuciones en especie que no tributan, pero deben constar en el contrato de trabajo.
15 Si posee acciones de una entidad cotizada y le entregan derechos de suscripción preferente, en 2016 le puede interesar venderlos, porque no tributará por el importe obtenido, reduciéndose el valor de las acciones. En cambio, en el ejercicio de 2017 la venta de estos derechos de suscripción tributará como si fuesen dividendos.
15+1 En el caso de que tenga un saldo positivo de integrar rendimientos del capital mobiliario como intereses y dividendos, puede reducir la tributación hasta en un 15 por ciento con el saldo negativo que ha generado en el ejercicio con ganancias y pérdidas patrimoniales.