
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido hoy su sentencia sobre la Declaración de Bienes en el Extranjero, el polémico Modelo 720. El fallo ha sido claro. Tanto el mecanismo con sus multas son "extremadamente desproporcionados". ¿Cómo se ha llegado a este punto? ¿Qué es este Modelo 720 y cuál es su historia? Aquí tiene la respuesta:
El Modelo 720 exige a los ciudadanos informar sobre sus bienes en el extranjero y la normativa establece elevadas multas, que pueden llegar al 150%, por presentarlo fuera de plazo ante la Agencia Tributaria. Fue una de las medidas impulsada por el exministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.
Los fiscalistas consideraron entonces que semejante ocurrencia era un atropello al contribuyente. En plena batalla europea contra la elusión fiscal -más bien, una suerte de expediciones de pesca fiscales-, la mayoría de profesionales dieron este asunto por perdido. En materia tributaria, desde Bruselas la única política en el asunto era "control, control y control" de las cuentas de los contribuyentes para asegurarse que ni un solo euro se escapaba al Fisco. Hasta que un abogado mallorquín apareció en escena.
Alejandro del Campo, conocido por su amplia cartera de clientes internacionales, no se resignó a que Hacienda considerara una especie de delincuente de guante blanco a todo aquel que tenía cuentas o bienes en otros países. Cogió un avión, se plantó en Bruselas y denunció el Modelo 720 de Montoro ante la Comisión Europea.
Nadie daba un duro por el asunto. La sorpresa llegó en 2015, cuando la Comisión inició un procedimiento de infracción contra España. Avisó al Gobierno de que su normativa estaba en el límite de lo aceptable.
El Gobierno lo ocultó
El Ejecutivo intentó tapar este dictamen de la Comisión Europea. Sin embargo, el abogado Esaú Alarcón, socio de Gibernau Asesores, consiguió sacar a la luz el duro Dictamen de la Comisión Europea contra España por este asunto, que el Gobierno guardaba con mucho celo. Lo exigió como prueba en un procedimiento ante la Audiencia Nacional. Este asunto es ahora muy importante, puesto que permitirá a los contribuyentes recuperar el dinero de las sanciones. Al haber una infracción del Derecho europeo suficientemente caracterizada porque viene de un procedimiento de infracción de la Comisión Europea -Bruselas dio la posibilidad al Ministerio de Hacienda de cambiar el Modelo 720 y no lo hizo- Hacienda tendrá que devolver las sanciones aunque sean firmes y no estén impugnadas, por la vía de la responsabilidad patrimonial del Estado.
"El contenido de la publicación del recurso que ofrece el DOUE es muy relevante porque deja muy claros los motivos por los cuales la Comisión Europea incoa el procedimiento judicial contra España", explica. Entre estos motivos, estuvieron las promesas de reforma del Gobierno español a Bruselas, que finalmente no se produjeron.
La información corrió como la pólvora entre los fiscalistas. Aquel abogado mallorquín había arrancado unas líneas de sensatez a los burócratas de Bruselas y otro letrado barcelonés lo había demostrado. Nadie daba crédito.
Y lo imposible sucedió después. De las palabras, pasaron a los hechos. Ante la inacción del Gobierno, la Comisión llevó a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por el Modelo 720. Las conclusiones presentadas en julio por el Abogado General eran, hasta hoy, el último episodio de esta historia, aunque apenas aclararon nada.
La esperanza estaba en que esta instrucción europea fuera el fin de estos disparos de Hacienda. El fin de las sanciones absolutamente desproporcionadas. El fin de las exigencias de IRPF sin respetar prescripciones ganadas en relación con bienes en el extranjero no declarados en plazo. Sin embargo, los fiscalistas han tenido que esperar hasta la sentencia final del TJUE. En un porcentaje muy pequeño de los casos sucede lo que ha pasado en éste: que el Tribunal enmiende las conclusiones del Abogado General.
Muchos sucumbieron durante estos años ante el Modelo 720. No todos los afectados han pleiteado hasta sentencia firme. Optaron por pagar las desproporcionadas sanciones y liquidaciones del IRPF sin impugnar. Ante la amenaza de la sanción del 150% regularizaron voluntariamente su situación pagando en el IRPF sobre bienes prescritos. Todo ha desaparecido ya y los afectados podrán recuperar su dinero tras la sentencia del TJUE.