Argumenta que las sanciones que impone la normativa fiscal española son desproporcionadasBruselas envía el caso al Tribunal de Justicia de la UE ante la falta de respuesta de Hacienda
La Comisión Europea se cansó de esperar y ayer remitió al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el expediente sobre la declaración de bienes en el extranjero -el Modelo 720- al considerar que su normativa impone sanciones "desproporcionadas a los contribuyentes españoles por no notificar los activos poseídos en otros Estados miembros de la UE y del Espacio Económico Europeo".
En la actualidad, España exige que los contribuyentes residentes notifiquen los activos que poseen en el extranjero, tales como propiedades, cuentas bancarias y activos financieros, con sanciones que superan el 150 por ciento del valor de los bienes o derechos, por no declarar o hacerlo fuera de plazo.
Multas sin comparación
Considera Bruselas que la no presentación de esta información a tiempo y en su totalidad está sujeta a sanciones superiores a las im-puestas por infracciones similares en una situación puramente nacional. Estas sanciones incluso pueden superar el valor de los activos poseídos en el extranjero.
Según datos publicados por Ha-cienda, el 25 de mayo de 2016, tres años después la primera declaración, solo otras 5.000 personas la presentaron fuera de plazo -hasta llegar a las 136.500-, por lo que los asesores fiscales consideran que podría haber más de dos millones de personas que siguen sin declarar sus bienes en el extranjero.
La Comisión considera que estas sanciones por el cumplimiento incorrecto o tardío de esta obligación de información legítima son desproporcionadas y discriminatorias. Pueden disuadir a las empresas y a los particulares de invertir o circular a través de las fronteras en el mercado único.
Por consiguiente, estas disposiciones entran en conflicto con las libertades fundamentales de la UE, tales como la libre circulación de personas, la libre circulación de trabajadores, la libertad de establecimiento, la libre prestación de servicios y de circulación de capitales.
El abogado de DMS Consulting, Alejandro del Campo, que presentó la denuncia ante el Ejecutivo comunitario, considera que "la Comisión Europea se ha propuesto acabar con esa arma de destrucción masiva que el legislador puso en manos del fisco a finales de 2012. El Modelo 720 puede, literalmente, acabar con grandes defraudadores, pero también con modestos ahorradores despistados y con muchos extranjeros que han fijado aquí su residencia y mantienen bienes fuera". Recuerda Del Campo, que "la sentencia del Tribunal Constitucional 73/2017 de 8 de junio de 2017 anuló el Real Decreto-Ley 12/2012, de 30 marzo, que aprobó la última amnistía fiscal (la zanahoria) y el TJUE acabará con el Modelo 720 (el palo), introducido por la Ley 7/2012, de 29 de octubre, con el que se quiso animar a acogerse a aquella amnistía".
Y concluye que "palo y zanahoria para la regularización de esa economía sumergida, eso es lo que ofrece el Gobierno", señaló el entonces ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en la sesión de control al Gobierno de 19 de junio de 2012".
Esaú Alarcón, abogado de Gibernau Asesores, que ha ejercido la defensa del primer caso sancionado por el 720 que ha resultado anulado por el Tribunal Económico-Administrativo Central (Teac), estima "que es un buen momento para que el nuevo Gobierno que se conforme coja el toro por los cuernos y siga las instrucciones de la Comisión Europea, eliminando esta normativa desproporcionada".
Alarcón considera, no obstante, que "ahora se abre la posibilidad de que en el plazo de dos años haya una sentencia que obligue a cambiar la normativa".