
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) rechaza, por unanimidad de la Sala,en una sentencia de 24 de junio de 2021, la demanda de un migrante por una devolución en caliente al no quedar acreditado que saltara la valla de Melilla.
Se trata del litigio conocido como caso Danny, aunque el nombre real del reclamente es Doumbe Nnabuchi, un joven camerunés que salió de su país en 2011 y, tras pasar por Argelia y Marruecos, intentó saltar la valla de Melilla el 15 de octubre de 2014 junto a un grupo de personas de origen subsahariano.
El recurrente sostenía en sus alegaciones, representado por la asociación Andalucía Acoge, que era uno de los 300 migrantes que el 15 de octubre de 2014intentaron cruzar a España saltando la valla, en una acción que obligo al despliege de la Guardia Civil y la Cruz Roja, y en el que se produjeron agresiones de parte de quienes trataban de acceder a España.
El demandante alegaba que se violaron sus derechos en los artículos 3 y 13 de la Convención Europea de Derechos Humanos y del artículo 4 del Protocolo Número Cuatro de la misma, porque sufrió un trato inhumano por parte de las autoridades españolas, a las que acusa además de que no le informaron correctamente de sus derechos antes de proceder a su expulsión junto a otros migrantes sin que ellos pudieran impedirlo en modo alguno.
En su defensa relató que fue golpeado por varios agentes en piernas, costillas, rodilla y una mano.
El recurrente llega, incluso, a contradecir los sucesos que se ven en las imágenes
Sin embargo, los miembros de la Sala reprochan al recurrente que la única prueba aportada sean unos vídeos sobre lo hechos que fueron grabados por miembros de ONGs, pero en los en los que no se le ha podido identificar, aunque tampoco descartar su participación.
Además, destacan los magistrados en el texto de la sentencia que ha incurrido en contradicciones sobre varios aspectos del suceso llegando a contradecir lo que se los propios magistrados concluyen del visionado de la imágenes.
Le recriminan también, que no haya aportado "ninguna evidencia creíble que demuestre al menos que su alias se corresponde con la identidad de Dany Williams, que las dos partes coinciden en que fue la persona implicada en el incidente".
A este respecto, le ha echado en cara que no participara en los dos procesos penales que se celebraron en Melilla por este salto, y que terminaron exonerando a los guardias civiles acusados, al entender que los tribunales españoles habrían podido determinar con mayor éxito la cuestión de su identidad.
La denuncia, apoyada por Andalucía Acoge ante Estrasburgo trataba de lograr un reconocimiento de la devolución en caliente y trato que recibió el denunciante durante la expulsión.
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