La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) considera desmedidas las críticas de los inspectores de Hacienda a la sentencia del Tribunal Supremo, de 1 de octubre de 2020, que impide la entrada de la Inspección en los domicilios de los contribuyentes fuera de un procedimiento inspector.
Los asesores fiscales califican la sentencia como una importante aportación del Alto Tribunal a la seguridad jurídica, en "un ámbito como el tributario necesitado de mayores dosis de certidumbre", y consideran que lo está haciendo "con pronunciamientos de una altísima calidad técnica, que evidencian un cabal conocimiento de la realidad a la que se aplican".
Explican que la sentencia niega que la entrada domiciliaria pueda justificarse de manera principal en el dato de que un contribuyente satisfaga una cuota tributaria inferior a la que resulta de la media de rentabilidad del sector en el que opera tal contribuyente.
La Asociación de Inspectores de Hacienda (IHE) afirmaba en un comunicado el pasado martes, que "la exigencia de incluir la entrada en el procedimiento inspector, priva a la Inspección de una facultad que consideran esencial para descubrir el fraude más grave e insolidario, "pues obliga en todo caso a advertir previamente a un sujeto que va a ser inspeccionado de tal circunstancia, lo que convierte en ineficaz la posterior actuación in situ".
La Aedaf considera que el TS actúa "tutelando el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio (artículo 18.2 CE) para satisfacer el derecho, también fundamental, de una compañía mercantil a obtener la tutela judicial efectiva (artículo 24.1 CE), ambos pilares de nuestro sistema de convivencia, tanto en España como en la UE".