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El Supremo rechaza otorgar compensación económica en los casos de divorcio cuando una parte de la pareja se quede con la casa familiar

Fachada del Tribunal Supremo | Foto: EP

Tras divorciarse de su pareja en 2007, un hombre solicitaba una compensación económica por estar su exmujer haciendo uso de la vivienda familiar, pretensiones que han sido denegadas recientemente por el Tribunal Supremo, que alega que el disfrute de esta propiedad ganancial se fundamenta "en el interés más necesitado de protección", en este caso la mujer, progenitora custodia de los hijos de ambos.

Luego de contraer matrimonio en 1991 y separarse en 2007 en régimen de gananciales y después de 16 años juntos, Darío y Patricia (nombres ficticios que figuran en la sentencia) vieron como en la sentencia de divorcio se le atribuía a ella la custodia de los dos hijos menores que tenían en común, así como una pensión alimentaria y "el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella". Como éstos "corresponden a los hijos", también lo son de "la progenitora custodia".

De este modo Patricia conservaba la custodia de los hijos y de la casa, situación ante la que Darío presentó una demanda de modificación de medidas en septiembre de 2020 en la que solicitaba la extinción del uso exclusivo de la casa por parte de su exmujer porque sus hijos ya no vivían en ella. Es decir, quería recuperar su parte de la vivienda.

El cese no procede

En un primer momento, el Juzgado de Primera Instancia nº4 de Llíria estipuló en 2021 que él "tenía cubierta la necesidad de vivienda y que su situación económica era más favorable", por lo que "no procedía el cese inmediato del uso atribuido a Patricia". Asimismo, el juzgado valoró que el uso de la vivienda quedaría así hasta que se produjera la liquidación total del régimen de gananciales.

Vista la situación, Darío no se queda de brazos cruzados y eleva el caso a la Audiencia Provincial de Valencia, que en noviembre de 2022 limitaba el uso de la casa familiar a Patricia al plazo desde un año desde el dictado de la sentencia, hasta noviembre de 2023.

Fue entonces cuando el hombre decidió llevar el caso al Tribunal Supremo en busca de una "compensación económica" por el uso que su expareja había estado haciendo de la vivienda (recordamos adquirida en régimen de gananciales) durante todos estos años. Con todo, el Alto Tribunal acabó desestimando los recursos presentados e imponiendo a Darío las costas generados con sus recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación.

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