
La Audiencia Provincial de Sevilla ha elevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) la anulación de las condenas de los implicados en el caso ERE de Andalucía por parte del Tribunal Constitucional.
La Corte de Garantías estimó el verano pasado parcialmente los recursos de amparo de doce condenados, entre ellos de los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán, y anuló parte de las condenas de prevaricación y malversación por su participación en la elaboración de las leyes que permitieron dar ayudas sociolaborales por hasta 680 millones de euros sin control ni fiscalización a empresas ligadas a la Consejería de Economía.
El Constitucional ordenó a la Audiencia Provincial retrotraer las actuaciones y emitir un nuevo fallo.
El auto, al que ha tenido acceso elEconomista, considera que el Tribunal Constitucional se extralimitó en su función de control e invadió competencias que solo le corresponden a los jueces y tribunales ordinarios como revisar los delitos de prevaricación, malversación y valorar las pruebas.
Asimismo, señala que el argumento que dio la Corte para perdonar las condenas fue que la elaboración de anteproyectos y proyectos de ley (para modificar los presupuestos autonómicos e incrementar las transferencias a empresas vinculadas a la Junta) no puede juzgarse por un tribunal ya que son normas que se ponen a evaluación del Parlamento para su deliberación y votación. El hecho de que estos textos no cumplan con la normativa vigente no es juzgable ya que si no, indicó, no se podrían elaborar normas y leyes que modifiquen las vigentes.
La Audiencia Provincia considera que este argumento es contrario al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, a la jurisprudencia de la Unión y al Derecho Europeo que persigue luchar contra la corrupción y castigar por lo penal cualquier conducta que afecte a los intereses financieros de la UE.
Asimismo, esta interpretación también origina un ámbito de impunidad ya que "impide determinar las posibles responsabilidades penales, civiles y contables de aquellos que, mediante un acto naturalmente ilícito inician un trámite legislativo para crear leyes presupuestarias que persiguen un fin fraudulento, prohibido y contrario a las normas de la Unión Europea y sus intereses financieros".
Por tanto, la Audiencia Provincial de Sevilla pide al TJUE que aclare si debe dar cumplimiento al fallo del Constitucional y emitir una sentencia nueva, si la Corte se extralimitó en sus funciones al ponerse a revisar los delitos y si el fallo es acorde a las obligaciones europeas en materia de lucha contra la corrupción.
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