
La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a un hombre y a una mujer por llevarse diversos objetos por valor de 2.000 euros de la vivienda en la que residían, utilizar talones bancarios del propietario de la casa para apoderarse de otros 53.000 y usar su tarjeta de crédito para extraer otros 11.500 euros adicionales del cajero mientras él estaba ingresado en el hospital, estancia que se alargó por siete meses.
Todo sucedió en 2016, cuando ambos acusados empezaron a vivir en casa de un hombre después de llegar a un acuerdo para ayudarse mutuamente, según recoge el Consejo General del Poder Judicial en un comunicado. Fue entonces cuando, encontrándose el propietario de la mencionada vivienda ingresado en el hospital, la pareja aprovechó para llevarse de la vivienda diversos efectos por un valor cercano a los 2.000 euros, claro está, sin el permiso de su dueño, todo "con la finalidad de obtener un beneficio económico ilícito".
La estancia en el hospital se fue alargando
Con el tiempo la estancia en el hospital se fue alargando, por lo que el propietario solicitó al acusado que el acercara su talonario personal de cheques y le autorizó para que extrajera del cajero (y de su cuenta) 3.500 euros para comprar material ortopédico. Una vez tuvieron acceso al talonario, la acusada "con conocimiento y cooperación del acusado" procedió a rellenar "diversos talones como si los firmase el perjudicado y fijándose a ella misma como la destinataria". De este modo fueron capaces de obtener cerca de 53.000 euros adicionales a los 2.000 ya sustraídos.
Mientras el propietario continuaba ingresado, a la casa llegó una tarjeta de crédito con el pin para su utilización a nombre de éste, algo que aprovecharon los acusados para continuar robándole. En esta ocasión la utilizaron para extraer del cajero en diversas fechas cantidades de dinero considerables, hasta alcanzar un total de 11.500 euros.
Él era reincidente
Antes de que se celebrase el juicio el pasado 15 de mayo, ambas partes alcanzaron un acuerdo por el que la pareja ha sido condenada por un delito continuado de hurto y por otro de estafa agravada en concurso con falsedad documental a la pena de dos años y tres meses de prisión así como a multa de 480 euros para él por ser reincidente, y a un año y diez meses de cárcel y multa de 360 euros para ella.
A la hora de aplicarla se han tenido en cuenta dos circunstancias atenuantes de la responsabilidad penal:
- Dilaciones indebidas, dado que los hechos tuvieron lugar en 2016.
- Reparación del año al consignar judicialmente 3.000 euros antes de la celebración del juicio.
Asimismo, en concepto de responsabilidad civil, deberán indemnizar a los herederos del hombre, que falleció meses después de los hechos, en las cantidades sustraídas.