
La Dirección General de Tributos (DGT) reitera su criterio y aclara la tributación de las indemnizaciones por despido por motivos económicos, organizativos, de producción o fuerza mayor de la empresa, ya sea en despidos colectivos o individuales porque afectan a un volumen de trabajadores inferior al establecido para que se dé un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).
Tributos, en una consulta del pasado 28 de marzo, indica que aunque la indemnización que el Estatuto de los Trabajadores fija para los despidos colectivos es de 20 días de salario por año trabajado con un máximo de doce mensualidades, estará exenta de pagar IRPF la cuantía que no supere a la que el propio Estatuto establece para los despidos improcedentes. Es decir, no se tendrá que pagar impuestos si el volumen de la indemnización no supera al que correspondería por 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.
Eso sí, si la cuantía el de la indemnización sobrepasa los 180.000 euros, el contribuyente tendrá que pagar IRPF por la cifra que exceda este umbral.
No obstante, la consulta indica que si el trabajador ha generado esa indemnización en más de dos años, es decir, ha estado más de dos años contratado por la empresa, a dicho exceso a partir de los 180.000 euros se le podrá aplicar una reducción del 30%.
Por otro lado, Tributos aclara que si un trabajador es despedido y contratado por la misma compañía u otra vinculada a ella en un período inferior a los tres años, la indemnización no estará exenta porque se considerará que no ha habido desvinculación laboral real.
Aunque el trabajador podrá demostrar prueba de lo contrario.
Pero, según el órgano directivo del Ministerio de Hacienda, si se da el caso de que no hay desvinculación real, igualmente se podrá aplicar la reducción del 30% si la indemnización se generó en un período de más de dos años.
Relacionados
- El IVA de la energía y los alimentos y el tope a deducir pérdidas sube un 11% la recaudación del fisco
- Hacienda abre inspecciones masivas para fiscalizar las casetas de la Feria de Sevilla
- Un fallo abre la puerta a subir la indemnización por despido si el trabajador acredita los daños sufridos
- Los extranjeros que compren casa en España pagarán de impuestos lo mismo que les costará la vivienda