Legal

Una sentencia obliga a una firma estafada por un 'hacker' a pagar de nuevo una factura, pero a su destinatario real

  • Señala que la compañía no comprobó la cuenta corriente antes del pago
Policía delante de un ordenador. | EE
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El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Marbella obliga a una empresa a pagar una factura de 5.600 euros que adeudaba a un profesional, ya que la firma la pagó pero a un hacker que suplantó el correo electrónico de ese profesional y pidió el ingreso en otro número de cuenta.

La sentencia, del 12 de mayo de 2025, culpa a la compañía por su falta de diligencia para haber comprobado el número de cuenta a la que ingresaba el dinero por los servicios prestados por este profesional especializado en limpieza y mantenimiento, especialmente después de llevar más de 21 años trabajando con él y pagando siempre las facturas en la misma cuenta.

El ciudadano demandó a la compañía por falta de pago de un servicio que realizó valorado en 5.600 euros. La compañía argumentó que ya había pagado la factura y aportó la transferencia bancaria. El profesional denunció ante la Policía que alguien suplantó su correo electrónico y remitió una factura a la compañía por esos servicios con otro número de cuenta.

El juez concluye que el pago efectuado por la empresa no puede tener eficacia ni efectos liberatorios "por cuanto no puede considerarse que la actuación de dicha demandada fuera plenamente diligente, al no haber sido efectuado a la cuenta bancaria del actor, de la que la demandada tenía pleno conocimiento por haber venido manteniendo relaciones comerciales con el demandante durante largo tiempo y con la misma cuenta bancaria hace 21 años".

El juez dice que, a pesar de que la compañía sufrió un ataque informático en su cuenta de correo electrónico, efectuó el pago sin mayor comprobación. "Cuando la diligencia debida exigía haber verificado o comprobado el supuesto cambio de cuenta bancaria, hecho fraudulento de tercero totalmente ajeno al actor", indica el fallo. Y culpa a la compañía de falta de medidas de seguridad respecto a la identidad del titular de la cuenta bancaria.

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