
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunciará el jueves 15 de mayo sobre si el complemento a la pensión por brecha de género (por el cuidado de los hijos) es discriminatorio con los hombres. El TJUE ya determinó en diciembre de 2019 que este plus, que en la actualidad es de 35,9 euros al mes por hijos, hasta un máximo de cuatro hijos, era discriminatorio porque solo se concedía a las mujeres.
Tras esta sentencia, el Ejecutivo cambió la norma en 2021 para que los hombres también pudieran acceder a esta cuantía, pero bajo determinados requisitos (como haber estado 120 días sin trabajar en los nueve meses previos al nacimiento o en los tres años posteriores), mientras que para las mujeres es automático. Además, la ayuda está diseñada para que solo la cobre uno de los padres.
El Juzgado de lo Social número 3 de Pamplona remitió una cuestión prejudicial al TJUE al considerar que el complemento sigue siendo discriminatorio para los hombres. El tribunal lleva el caso de un hombre que se dedicó de forma efectiva al cuidado de los hijos, aunque no cumple los requisitos, pero el plus lo cobra la madre.
El Juzgado pregunta si la norma es discriminatoria, si se le debe conceder el complemento al padre y si eso supondría que se le quitaría a la madre.
Requisitos
Además, el tribunal europeo también se pronunciará sobre otra cuestión remitida por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid que pregunta si es discriminatorio que a las mujeres se les conceda esta ayuda de forma automática, mientras que a los hombres se les exija cumplir una serie de requisitos.
La Ley de Seguridad Social exige que el hombre interrumpiera su carrera profesional por tener hijos, si nacieron antes de 1995; mientras que si lo hicieron después, que la suma de la cotización de los dos años siguientes fuese un 15% inferior a la de los dos años previos, siempre que la cuantía de su pensión sea menor que la de la mujer.
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