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Hacienda devolverá más de 1.000 euros en la declaración de la Renta 2024-2025 a estos contribuyentes

La ministra de Hacienda y vicepresidenta primera, María Jesús Montero | Foto: Álex Zea/EP

Hace un mes que se abrió el plazo para presentar la declaración de la Renta, y todavía quedan otros dos meses para hacerlo, hasta el próximo 30 de junio. Millones de contribuyentes han cumplido ya con sus obligaciones tributarias y han rendido cuentas a Hacienda, e incluso han recibido el dinero que la entidad les debía, si les ha salido a devolver. Mientras, a los que tengan que pagar se les quitará el dinero de la cuenta, por norma general, el último día a finales de junio.

Pero lo cierto es que nadie quiere deber nada, y menos a Hacienda, así que mejor que nos devuelva o, si nos sale a pagar, que el importe sea lo más bajo posible. En este sentido, existen decenas de deducciones a las que pueden optar muchos ciudadanos, aunque no lo sepan, sobre todo los que tienen menos ingresos.

Estamos hablando de la deducción autonómica por alquiler de vivienda habitual que pueden solicitar los contribuyentes madrileños menores de 40 años que demuestren carencia de ingresos. Hasta el año pasado solo podían beneficiarse de esta rebaja los inquilinos residentes en Madrid menos de 35 años, pero con la entrada en vigor de la Ley 5/2024 se ampliaron las condiciones para aplicarla, incluyendo también a los menores de 40.

Requisitos de solicitud sencillos

Así, los ciudadanos que vivan de alquiler en Madrid pueden deducirse hasta el 30% del importe del mismo en la declaración de la Renta, con un máximo de 1.237,20 euros, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener menos de 40 años en 2024.
  • Ingresos bajos que no superen lo estipulado:
    • En declaración individual, la renta anual no puede superar los 26.414,22 euros.
    • En declaración conjunta, la renta anual no puede superar los 37.222,30 euros.
    • Los ingresos de la unidad familiar al completo (en caso de parejas con hijos que trabajen) no pueden superar los 61.860 euros.
  • Que el alquiler represente un gasto importante con respecto a los ingresos del beneficiario, o lo que es lo mismo, superen el 20% de su base imponible.
  • Tener la fianza depositada y un contrato de arrendamiento adecuado a la legislación vigente.

De este modo si pagamos, por ejemplo, 750 euros mensuales de alquiler por vivir en la autonomía madrileña (9.000 euros al año) y cumplimos con los requisitos mencionados, podríamos deducirnos el 30% de esos 9.000, lo que equivale a unos 2.700 euros que se traduciría en un descuento máximo de 1.237,20 euros, explican los expertos de TaxDown.

Las casillas que tienes que marcar

En Madrid, para optar a la deducción por alquiler, tenemos que marcar la casilla 1043 de nuestra declaración. Asimismo, también tendremos que incluir los importes que hayamos pagado al arrendador y su DNI.

Cabe mencionar que también existe una deducción por alquiler a nivel estatal a la que pueden optar los que hayan firmado su contrato de alquiler antes del 1 de enero de 2015, y cuyo importe es aún mayor, de hasta 9.040 euros al año. Y por si fuera poco, tanto la ayuda estatal como la madrileña son compatibles.

Compatible con la ayuda estatal

De este modo encontramos que los inquilinos que hubiesen firmado su contrato de alquiler con anterioridad a enero de 2015 pueden deducirse hasta 9.040 euros anuales siempre que su base imponible no supere los 24.107,20 euros. En este caso, la deducción es del 10,05% de las cantidades que se hayan pagado en concepto de alquiler y se rellena en las casillas 562 y 563, teniendo también que aportar los datos del arrendador en la casilla 719.

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