
Las personas que hereden el dinero de un depósito bancario deberán tributar en el IRPF por los intereses que este genere.
La Dirección General de Tributos (DGT) responde así en una resolución del 11 de diciembre a una hija cuya madre había fallecido y tenía contratado un depósito bancario a plazo fijo por un año.
Tributos señala que los rendimientos de capital mobiliario (calificación que se da a los intereses generados por un depósito bancario) se imputarán al período impositivo en que sean exigibles por su perceptor. "Conforme con lo anterior, los intereses del depósito bancario exigibles a partir del momento del fallecimiento corresponderán a los herederos que hayan adquirido, a través de la aceptación de la herencia, el capital del que derivan", indica.
Por tanto, el órgano concluye que los rendimientos del capital (es decir, los intereses así como las retenciones practicadas sobre los mismos) correspondientes al depósito bancario a plazo fijo de un año exigibles a su vencimiento, y por tanto en fecha posterior a la de fallecimiento de la causante, se imputarán conforme a la titularidad del depósito en el momento de esa exigibilidad, es decir: a sus herederos.
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