Legal

Los portales digitales no están obligados a controlar el contenido de sus anuncios

  • Puede acogerse a una exención de responsabilidad
Persona con un ordenador. | iStock
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El abogado general de la Unión Europea Maciej Szpunar señala que los postales digitales no están obligados a controlar el contenido de los anuncios que aparecen en ellos.

El abogado se ha pronunciado así sobre el caso de un portal digital de Rumanía, aunque la matriz está en Austria, especializado en ofertar anuncios de alquiler de vivienda, ofertas de empleo, vehículos, productos de electrónica o distintos servicios. El portal se publicó un anuncio de una persona que ofrecía servicios sexuales que contenía fotos y un número de teléfono procedentes de las redes sociales de la víctima, utilizados sin su consentimiento.

La empresa matriz, editora de medios de comunicación, suprimió rápidamente el anuncio, aunque la víctima demandó a la compañía.

El abogado general de la UE analiza la relación existente entre la Directiva sobre el comercio electrónico y el Reglamento general de protección de datos (RGPD) y concluye que el operador de un mercado en línea puede acogerse a una exención de responsabilidad en lo que se refiere al contenido de los anuncios publicados en su mercado, siempre que desempeñe un papel neutro y meramente técnico. Esta protección no se aplica en caso de intervención activa en la gestión, la modificación o la promoción de los contenidos. "En consecuencia, (el operador en internet) no está obligado a controlar sistemáticamente su contenido antes de la publicación".

Sin embargo, aunque no tenga que vigilar el contenido de los anuncios sí está obligado a verificar la identidad de los usuarios que se anuncian en un portal.

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