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Hacienda impide las exenciones fiscales a las firmas de alquiler que solo tengan empleados a tiempo parcial

  • Señala que es necesario, al menos, un trabajador a jornada completa
Vista de varias viviendas. | EE
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La Dirección General de Tributos (DGT), órgano directivo del Ministerio de Hacienda, señala en una reciente consulta del 8 de noviembre que las empresas dedicadas al alquiler de vivienda que tengan dos o más personas contratadas, pero a tiempo parcial, no podrán considerarse que realizan una actividad económica y, por tanto, quedaría fuera del régimen fiscal especial.

La DGT responde la consulta de una compañía dedicada al arrendamiento de vivienda que pregunta que si teniendo contratadas a dos personas a media jornada, sumando ambas las mismas horas de trabajo de una a jornada completa, puede acogerse al régimen especial de estas entidades.

La Ley del Impuesto de Sociedades establece que para poder acogerse a este régimen especial la entidad debe tener como actividad económica principal el arrendamiento de viviendas y se entenderá que existe actividad económica si se tiene al menos a una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa. Si es así, estas empresas pueden acceder a una bonificación de hasta el 40% en el tipo general de Sociedades. También le permite exenciones en el Impuesto de patrimonio.

"En el caso concreto de arrendamiento de inmuebles, la Ley del Impuesto de Sociedades establece que dicha actividad tiene la condición de económica cuando para su ordenación se utilice, al menos, una persona empleada con contrato laboral y jornada completa", indica la DGT. En este sentido, añade, que el criterio del organismo es que no se entenderá cumplido este requisito por el hecho de tener dos o más trabajadores con contrato laboral a media jornada, sino que, al menos, uno de ellos ha de tener contrato laboral a jornada completa.

"Por lo tanto, en el caso de que la entidad consultante tuviera contratada a dos o más personas a jornada parcial, ello determinaría que no realizara una actividad económica", concluye Tributos. De modo que no podría acceder a las distintas ventajas fiscales.

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