
El Tribunal Supremo (TS) señala que los colegios de notarios deben cumplir con la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y contar una composición equilibrada de hombres y mujeres (con al menos un 40% de cada género) en las juntas directivas.
El alto tribunal desestima los recursos puestos por el Colegio Notarial del País Vasco y por el Consejo General del Notariado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que declaró nula la única candidatura presentada a las elecciones de la junta directiva del Consejo Notarial del País Vasco de 2020 por no respetar el porcentaje del 60%-40%, al estar integrada por cinco hombres y dos mujeres.
El Supremo señala que la Ley de igualdad obliga a los poderes públicos a cumplir con la paridad en sus cúpulas y los notarios son asimilables a los poderes públicos.
El fallo, del pasado 30 de octubre del que fue ponente el magistrado José Manuel Bandés, indica que los notarios son fedatarios públicos del Estado cuya misión es garantizar los principios de seguridad jurídica y legalidad, lo que se desarrolla mediante la prestación del servicio público de relevancia constitucional en la dación de la fe pública en el tráfico jurídico.
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