
El castigo fiscal para las empresas en el Impuesto de Sociedades que prepara el Ejecutivo de cara al próximo ejercicio supondrá una recaudación extra de más de 3.300 millones de euros al año. Una cantidad que compensará, y de sobra, los 1.200 millones de euros que dejará de ingresar por el fin del gravamen a las compañías energéticas.
El PSOE ha presentado una batería de enmiendas, hasta 98, al Proyecto de Ley del nuevo impuesto mínimo del 15% a los grandes grupos, con toda clase de cambios en materia tributaria. Entre ellos destaca la recuperación de las modificaciones al Impuesto de Sociedades que llevó a cabo el exministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en 2016 y que tumbó el Tribunal Constitucional el pasado enero.
El Gobierno, con el objetivo de "paliar" la caída de la recaudación los reactiva al completo. Los cambios supondrán nuevos límites a la compensación de pérdidas a las empresas, hasta un máximo del 50% si ingresan entre 20 millones y 60 millones; y del 25%, para las que facturen más de 60 millones. También se restringirán las deducciones por el deterioro de participaciones en otras empresas y las minoraciones para evitar la doble imposición internacional. Estas medidas supondrán al fisco ingresos extra de unos 1.200 millones de euros anuales, según la recaudación de los ejercicios de 2016 y 2017, únicos ejercicios en los que se desglosaron los ingresos por estas medidas.

Además, el Ejecutivo extenderá dos años más (sobre el ejercicio 2024 y 2025) el límite del 50% a compensar pérdidas para los grandes grupos consolidados. Una modificación que le generará otros 1.100 millones más de ingresos, según la recaudación de 2023. Asimismo, el nuevo gravamen mínimo del 15% para los grandes grupos y multinacionales que facturen más de 750 millones supondrá una recaudación de 1.000 millones de euros, según estimaron en junio los economistas.
Por tanto, estas modificaciones elevarán la recaudación extra del fisco en más de 3.300 millones anuales, casi el triple de los 1.164 millones de euros que recaudó este año de las energéticas y, que dejará de ingresar con el fin de la tasa.
Por otro lado, la Administración mantendrá el impuesto a la banca, aunque con modificaciones. El legislador indica la necesidad de conservarlo puesto que, aunque en 2024 haya bajado el euríbor, aún se mantiene más alto que en 2022, cuando se creó esta tasa. No obstante, señala que, consciente de las oscilaciones del indicador, gravará a los bancos en función de su base imponible (conformada en su mayor parte por los ingresos; margen de intereses más comisiones).
De este modo, si la base imponible alcanza hasta los 750 millones de euros, se aplicará un tipo del 1%; si está entre los 750 millones y los 1.500 millones, será del 3,5%; si pasa de 1.500 y hasta los 3.000 millones, alcanzará el 4,8%; y si la base imponible supera los 3.000 millones, el tipo a aplicar será del 6%. Asimismo, este gravamen no será deducible en el Impuesto de Sociedades. No obstante, el nuevo tributo permitirá deducciones si las entidades reducen su rentabilidad por debajo del umbral establecido.
Cambios fiscales en vivienda y diésel
Además de estos cambios impositivos, las enmiendas al nuevo impuesto del 15%, también conllevarán modificaciones tributarias en una disparidad de materias.
De un lado, se obligará a partir del 1 de enero de 2025 a los propietarios de viviendas que las destinen a alquiler temporal (turístico) a pagar el IVA, igualando esta actividad a la hostelería. Las plataformas digitales que median en esta actividad, podrán hacerse cargo de recaudar y pagar el tributo al fisco, si no lo hace el dueño.
En materia de vivienda, también se modificará la Ley de Socimis para incrementar la oferta de vivienda y mejorar el acceso a los más vulnerables, aunque el legislador no ha dado ningún detalle de cómo se hará.
Asimismo, se incrementan las deducciones en Sociedades a las compañías que eleven sus fondos propios, de modo que podrán minorarse de la base imponible el 20% de la cantidad incrementada, si se mantiene tres años. Además, si contratan, también hay beneficios. Las firmas que eleven entre un 2% y un 5% la plantilla (y la mantengan tres años) podrán deducir de la base imponible de Sociedades el 23% del importe de fondos propios incrementado; si la suben entre un 5% y un 10%, podrán minorarse un 26%, y si la amplían más de un 10%, la deducción será de hasta el 30%.
Ventajas para microempresas
También se mejora el tipo general de Sociedades para las microempresas. Las compañías con una cifra de negocio inferior al millón, tributarán al 17% por los primeros 50.000 euros; y al 20%, a partir de esa cifra de negocio. De modo que el tipo baja al 20%, frente al 25% genérico. Asimismo, las empresas de nueva creación verán reducido el tipo del 15% al 10%.
Por otro lado, se incrementará la presión fiscal a quiénes tengan una rentabilidad por su ahorro (depósitos, dividendos, seguros, venta de un inmueble) de más de 300.000 euros al año. Concretamente, la rentabilidad que obtienen de su ahorro será gravada a un tipo del 29% (antes, al 28%).
Asimismo, también se eleva la fiscalidad sobre el tabaco. De un lado, se crea un nuevo impuesto para gravar los cigarrillos electrónicos o vapers y, de otro, se sube el tipo a las labores del tabaco del 28,4% al 34%.
Se igualará la fiscalidad del diésel a la de la gasolina y subirá el gravamen de los 307 euros por mil litros (o 0,307 céntimos/litro)a los 400,69 euros por mil litros.
Finalmente, ya fuera del marco fiscal, se permitirá trabajar a las personas que cobren una pensión vitalicia de invalidez. La Seguridad Social frenará el pago de la prestación cuando inicien la actividad y la reanudarán cuando la finalicen.
Relacionados
- Las otras subidas de impuestos que coló el Gobierno con el gravamen a la banca
- La Administración dejará de hacer pagos a quienes tengan deudas públicas
- La 'Ley Mbappé' ahorrará IRPF a los extranjeros que vivan en Madrid por invertir fuera del país
- Hacienda retrasará a 2026 la obligación de las empresas de enviarle de forma automática su facturación