
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valladolid ha condenado a Renault a indemnizar a más de 60 clientes con el 5% del valor del vehículo, más los intereses, lo que alcanza el 7,5% del coste, según señala Unive Abogados, bufete que ha llevado el caso, en un comunicado. La sentencia estima parcialmente la demanda y condena a la compañía a indemnizar a los compradores por el sobreprecio pagado en la adquisición de sus vehículos, el conocido como cártel de coches.
Los afectados por el cártel de coches que adquirieron vehículos de prácticamente todas las marcas entre febrero de 2006 y julio de 2013 aún tienen la posibilidad de reclamar. De acuerdo con la tendencia jurisprudencial, cualquier comprador de un vehículo durante este periodo podría recuperar un mínimo del 7,5% del precio pagado.
Por ejemplo, un comprador que pagó 20.000 euros por su coche podría recibir hasta 1.500 euros en concepto de indemnización, incluyendo intereses. No obstante, Unive Abogados confía en que el sobrecoste real para los compradores del cártel de coches fue superior al 5% fijado en esta sentencia, por lo que la firma ha decidido recurrirla, buscando un reconocimiento del 15% de sobreprecio que consideran más ajustado a la realidad del mercado.
El cártel de coches tiene su origen en una investigación de la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) que destapó la práctica y en 2015 impuso una multa de 171 millones a los fabricantes. El Tribunal Supremo ratificó la sanción en una fallo del 17 de septiembre de 2021, abriendo la puerta a indemnizaciones a los compradores.
Entre los fabricantes afectados están Citroën, B&M, BMW, Chevrolet, Chrysler, Fiat, Ford, General Motors, Honda, Hyundai, Kia, Mazda, Mercedes Benz, Nissan, Peugeot, Renault, Snap-on Business Solutions, Toyota, Urban Science España y Volvo.
Basa la indemnización en el Supremo
El Tribunal Supremo, en un fallo de junio de 2023, resolvió quince recursos y determinó que cinco fabricantes de camiones (MAN, DAF, Iveco, Daimler Mercedes y Volvo/Renault) constituyeron un cártel de camiones, al pactar los precios de venta de estos vehículos durante 14 años. Por tanto, concluyó que debían de compensar a los compradores afectados con el 5% del precio de adquisición.
Ahora, el Juzgado de Valladolid señala en su sentencia que aunque los cárteles de coches y de camiones son distintos "los argumentos son muy similares" y ve "razonable" la compensación del 5%. "Eso sí, no se han de descontar del precio de compra el IVA toda vez que el comprador en este tipo de supuestos -y ante ausencia de prueba en contrario- es un consumidor final que soporta el impuesto y no puede repercutirlo", dice la sentencia de Valladolid.
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