
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha rechazado la petición del Tribunal Supremo para que aclare de inmediato si hacer fijos -como si fueran funcionarios- a los interinos que encadenan de forma abusiva años de contratos temporales con la Administración.
El TJUE ya se ha pronunciado en dos ocasiones, en febrero y junio de este año, al asegurar que una forma de castigo a la Administración ante la dejadez de convocar oposiciones para cubrir las plazas y el abuso de mantener a interinos cubriéndolas durante años, es hacer fijos a estos trabajadores.
Sin embargo, el Supremo se opone a este criterio, ya que alega que su jurisprudencia defiende que para acceder a funcionario se deben pasar unas pruebas que garantizan el cumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad y no discriminación que promulga la Constitución.
A pesar de los fallos del TJUE, el Supremo remitió una cuestión prejudicial más al tribunal europeo para que aclarase si la normativa europea se opone a su jurisprudencia, que exige que se cumplan estos principios para ser funcionario. Y pidió también aclarar si basta con que se indemnice al interino cuando acaba la relación laboral abusiva como una forma adecuada de castigar a la Administración y, por tanto, de disuadirla de futuros abusos, en vez de obligarla a hacerlos fijos.
El Supremo reclamó al TJUE tramitar su asunto por el procedimiento acelerado ante "la necesidad de unificar los distintos pronunciamientos judiciales" y "la relevancia del efecto que en la realidad social española alcanza la cuestión, habida cuenta del alto índice de trabajadores temporales en el sector público". Esta vía de urgencia supondría que el presidente del tribunal fijara de inmediato un plazo para la vista, dando 15 días de margen a las partes para hacer alegaciones.
Sin embargo, el presidente del TJUE Koen Lenaerts, en un auto de este 4 de septiembre, ha denegado la pretensión del Supremo al asegurar que "una discrepancia acerca de la interpretación de una disposición del Derecho de la Unión entre los órganos jurisdiccionales nacionales no basta, por sí sola, para justificar que la remisión prejudicial se tramite mediante un procedimiento acelerado". Añade, que "el elevado número de personas o de situaciones jurídicas potencialmente afectadas por la cuestión planteada no constituye, como tal, una circunstancia excepcional capaz de justificar el recurso a un procedimiento acelerado".
Eso sí, el presidente dice que, aunque el asunto "no exige resolverlo en breve plazo", "le dará prioridad" sobre otros.
La respuesta del TJUE deja en el aire la situación de miles de interinos que exigen a la Administración su condición de fijeza después de haber encadenado durante años y de forma abusiva contratos temporales. Muchos tribunales inferiores, en base a las dos anteriores sentencias del TJUE, ya están haciendo fijos a estos trabajadores.
Sin embargo, con las dudas del Supremo al respecto, que tiene parados todos los casos hasta que la justicia europea se vuelva a pronunciar por tercera vez, las sentencias de tribunales inferiores podrán recurrirse por parte de la Administración a modo de patada hacia adelante mientras el alto tribunal no cambie su jurisprudencia. A cierre de 2023, en España había 3,5 millones de trabajadores públicos, de los que un millón eran temporales.
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