
El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de la Asociación Profesional Independiente de Fiscales (APIF) que pidió anular el Manual de Prevención de Riesgos Laborales para el personal de justicia, elaborado por el Ministerio de Justicia, o que, en su caso, se declarase no aplicable a los integrantes de la carrera fiscal y que se encargase a una empresa especializada la elaboración de un plan específico para sus miembros.
En una sentencia del 18 de septiembre de la que fue ponente el magistrado Ángel Blasco Pellicer, el Supremo rechaza la pretensión al considerar que ya existe un plan de prevención de riesgos laborales para el personal de justicia y no se ha acreditado evidencia alguna que justifique su inaplicación al colectivo de fiscales ni la necesidad de contar con un plan específico, puesto que no hay ninguna norma que lo avale ni su situación es distinta a la del resto del personal de la justicia.
La APIF alegó que debía aplicarse el mismo criterio que adoptó cuando obligó al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a regular la carga de trabajo en la carrera judicial a efectos de salud laboral.
El supremo señala que son casos distintos ya que en aquel supuesto se trataba de ver si el CGPJ habían cumplido los compromisos en materia de prevención de riesgos laborales.
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