
El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa ya prepara la nueva ley del crédito al consumo que topará los intereses máximos para que bancos y entidades no concedan préstamos abusivos y también limitará las comisiones y gastos asociados. Esta norma será de vital importancia para frenar la usura de las polémicas tarjetas revolving, un producto que copa los tribunales de demandas ante los elevados tipos de interés que rozan el 30%.
Hasta el momento, el único parámetro para limitar el interés de estos créditos es el marcado por la jurisprudencia del Tribunal Supremo que estimó que el interés de las revolving es usurario si supera en seis puntos porcentuales el tipo medio al que el conjunto de las entidades financieras concedía estos préstamos a la fecha de celebración del contrato.
El Ejecutivo ha lanzado a consulta pública previa las líneas básicas en las que consistirá la nueva norma, para que afectados e interesados hagan aportaciones al texto, con el objetivo de adaptar a la legislación española la Directiva de crédito al consumo aprobada en octubre de 2023. Esta norma obliga a los Estados de la Unión Europea a tener su propia ley aprobada el 20 de noviembre de 2025, para que entre en vigor justo un año después.
Coto a las comisiones
Economía asegura que los objetivos de la nueva ley pasan por introducir medidas "para prevenir eficazmente los abusos y garantizar que no se pueda imponer a los consumidores unos tipos deudores, tasas anuales equivalentes (TAE) o costes totales de crédito excesivamente elevados, tales como límites máximos". También plantea imponer a los bancos y entidades de crédito prohibiciones o limitaciones a las comisiones.
La Directiva europea establece en su artículo 31 que, con el objetivo de evitar abusos a los consumidores, que los países deben imponer una serie de medidas para limitar el coste del crédito. "Los Estados miembros introducirán medidas para prevenir eficazmente los abusos y garantizar que no se pueda imponer a los consumidores unos tipos deudores, tasas anuales equivalentes o costes totales de crédito excesivamente elevados para el consumidor, tales como límites máximos". Asimismo, insta a los países "a adoptar prohibiciones o limitaciones en relación con los gastos o comisiones específicos aplicados por los prestamistas en su territorio".
La nueva norma española afectará a todos los créditos al consumo, incluidos los inferiores a 200 euros y los contratos de alquiler financiero con opción a compra, que en la actualidad quedan fuera de este control. También afectará a los créditos conocimos como buy now, pay later (compra ahora, paga después) muy utilizados por plataformas de internet para permitir que el cliente compre un producto o servicio y comience a abonarlo después.
Además, se adoptarán nuevas medidas sobre la publicidad de los créditos al consumo para advertir de forma clara a los usuarios que adquirir un préstamo tiene un coste y se obligará a las entidades a dar información "clara, concisa y destacada" del crédito mediante un ejemplo representativo para que la persona conozca realmente el coste que le va a conllevar el producto que va a contratar. En el caso de que el consumidor no reciba toda la información del contrato de crédito, podrá desistir de forma gratuita.
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