
El decano del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), Eugenio Ribón, ha presentado una propuesta normativa elaborada por la magistrada y consejera electiva del Consejo de Estado, María Emilia Casas, que se fundamenta en los principios constitucionales de suficiencia prestacional y económica. Esta iniciativa propone una triple acción legislativa, que incluye la creación de una pasarela al RETA, un tratamiento fiscal y económico adecuado, y la consolidación del complemento de pensión para los mutualistas pasivos.
Ribón ha descrito la propuesta como "histórica", ya que busca transformar el futuro de miles de abogados mutualistas alternativos en España y ha dejado muy claro en su presentación que está propuesta no va en contra de los intereses de la Seguridad Social ni de la Mutualidad, sino a favor de los abogados que se encuentran en una situación muy delicada al haberse acogido al sistema alternativo al Reta y no contar con otros sistemas de ahorro complementario.
Según datos de la Mutualidad de la Abogacía, a 28 de agosto de 2023 había 65.042 abogados mutualistas por cuenta propia alternativos, lo que representa el 31% de los 209.168 mutualistas totales. De ellos, 54.827 no contaban con ningún plan de ahorro adicional más allá del plan profesional básico, siendo el mayor colectivo el del ICAM, con 12.433 mutualistas alternativos sin ahorro complementario.
El decano ha subrayado que la pasarela al RETA debe ser una medida extraordinaria, voluntaria y temporal, con un plazo de seis meses para que los mutualistas afectados puedan tomar una decisión informada. Ha advertido que la transición supondrá un esfuerzo económico para quienes decidan acogerse a esta opción. Asimismo, ha destacado la importancia de un diálogo institucional entre la Seguridad Social, la Mutualidad, los colegios de abogados y la abogacía institucional, con el fin de garantizar que se proporcione información clara y completa a los mutualistas para que puedan planificar adecuadamente su jubilación.
La propuesta contempla que todos los mutualistas alternativos puedan optar a esta pasarela, sin restricciones temporales o de vulnerabilidad económica. Para ello, se sugieren dos posibles modelos de ingreso al RETA: uno basado en una conversión cuantitativa de las cotizaciones, y otro, en una conversión conceptual, donde los años cotizados a la Mutualidad equivaldrían a años en el RETA.
La transferencia a la Seguridad Social
Ribón ha justificado esta medida argumentando que los mutualistas alternativos no han contado con la cobertura de salud del sistema público.
En cuanto al capital cotizado a la Mutualidad, se propone que sea transferido a la Tesorería General de la Seguridad Social, pero de manera gradual para evitar la descapitalización de la entidad.
La propuesta también establece condiciones de cotización diferenciadas según la edad y los años de cotización, y sugiere garantías y ayudas transitorias, como el mantenimiento de la base mínima de cotización o tarifas reducidas, para facilitar la transición al RETA, así como un tratamiento fiscal que no actúe como impedimento para poder hacer el traspaso de régimen. .
Además, la Mutualidad debe consolidar el programa "Ayudas 65+11" para complementar las pensiones insuficientes de los mutualistas pasivos, dándole un marco jurídico que reconozca derechos subjetivos perfectos. Se sugiere, además, la posibilidad de exenciones o deducciones fiscales temporales para aquellos mutualistas que capitalicen sus prestaciones privadas de jubilación, especialmente en casos de necesidad derivada de la longevidad.
Finalmente, Ribón considera esencial flexibilizar las normas de compatibilidad entre el trabajo autónomo y la pensión de jubilación, permitiendo a los mutualistas alternativos seguir trabajando y cotizando para alcanzar una pensión digna.
Ribón, en el acto de presentación del dictamen sobre la creación de una pasarela de los mutualistas alternativos al Reta, elaborado por María Emilia Casas, ha afirmado que "la reforma de la jubilación parcial de los autónomos y la flexibilización de la incompatibilidad entre el trabajo por cuenta propia y la pensión de jubilación para favorecer la prolongación de su vida laboral constituiría un modo eficaz de complementar sus pensio
nes, incluidas las precarias de los abogados mutualistas alternativos, jubilados en el Reta. La regulación del trabajo y la jubilación parcial de los autónomos es una necesidad urgente e inexcusable, ha explicado-. interprofesional anual) por los que no hay que cotizar.
El artículo 213.4 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) permite la compatibilidad del percibo de la pensión tan solo con la realización de trabajos por cuenta propia marginales u ocasionales (cuyos ingresos anuales no superen el salario mínimo y con el incremento de su carrera de cotización para incrementar la cuantía de sus pensiones. El efecto de esta norma es que impide a los autónomos compatibilizar pensión con trabajo.
La única excepción a esta regla es la modalidad de jubilación activa (artículo 214 de la LGSS), que está regulada con limitaciones de edad y exigencias de cotización previa (el 100% de la base reguladora de la pensión de jubilación que el Acuerdo Social de 31 de julio de 2014 ha convenido suprimir), que tampoco se avienen a la situación deficitaria contributiva en el Reta de ciertos mutualistas alternativos incorporados por la pasarela legal.
Un conflicto que no afecta a todos los abogados
El conflicto radica en que muchos mutualistas alternativos consideran que las cotizaciones realizadas no se han traducido en pensiones acorde con sus expectativas, debido a deficiencias en la gestión de la Mutualidad y la falta de supervisión estatal. También se quejan de falta de transparencia, alegando que no fueron informados adecuadamente sobre las diferencias entre las prestaciones mutuales y sus cotizaciones.
Este conflicto no afecta a los abogados que reciben de la Mutualidad una protección complementaria al régimen público de Seguridad Social. Los mutualistas alternativos representan el 26,6% del total de mutualistas, o el 45,7% si se cuenta solo a los que están en el Plan Profesional.
La Mutualidad argumenta que las bajas pensiones de algunos mutualistas se deben a una insuficiencia en sus aportaciones, debido a cotizaciones mínimas o interrumpidas, en un sistema de capitalización individual. A esto se suma el aumento de la esperanza de vida.
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