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Entran en funcionamiento las nuevas reglas procesales de los tribunales de la UE que traen profundos cambios

Foto: TJUE

El Tribunal de Justicia (TJUE) y el Tribunal General (TGUE) han modificado sus Reglamentos de Procedimiento para aplicar, a partir de este 1 de septiembre, las modificaciones del Estatuto del TJUE adoptadas por el Parlamento Europeo y por el Consejo de la Unión Europea en el mes de julio.

Estas normas modernizan y simplifican los procedimientos y el TJUE, por su parte, ha adoptado una nueva versión de las Instrucciones prácticas a las partes sobre los asuntos sometidos ante él y el TGUE una nueva versión de las Normas prácticas de desarrollo de su Reglamento de Procedimiento.

Las modificaciones que afectan al TGUE se refieren a ciertos aspectos sobre estructura y organización. Prevén la constitución de una Sala Intermedia entre las de cinco jueces y la Gran Sala de quince, compuesta por nueve jueces.

Las peticiones de decisión prejudicial se atribuirán a Salas encargadas de conocer de estos asuntos con cinco Jueces, sin perjuicio de que los asuntos sean remitidos a otra formación jurisdiccional en función de la dificultad y de la importancia del asunto.

Nuevos Abogados Generales

Los jueces que hayan de desempeñar las funciones de Abogado General en los asuntos prejudiciales y los que deban sustituirlos en caso de impedimento serán elegidos por el TGUE y actuarán según el modelo de los Abogados Generales ante el TJUE.

Además, se establecen las normas que deberá seguir el TGUE en la tramitación de las peticiones de decisión prejudicial transmitidas por el TJUE. El Tribunal General responderá las cuestiones prejudiciales menos complicadas y más reiterativas, como asuntos sobre IVA e Impuestos Especiales.

Para ofrecer a los órganos jurisdiccionales nacionales, así como a los interesados, garantías idénticas a las aplicadas por el TJUE, el TGIUE sigue las disposiciones del Reglamento de Procedimiento del TJUE . Asimismo, por lo que se refiere a la tramitación de las peticiones de decisión prejudicial, las nuevas normas prácticas de desarrollo se inspiran en gran medida en la experiencia del TJUE. Se suprime, además, la tarifa de Secretaría por los extractos de su Registro, las copias de los escritos procesales y los testimonios de autos y sentencias.

Se actualiza la forma de presentación y de notificación de los escritos procesales. Es posible, también, proceder mediante simple decisión para adoptar medidas procedimentales que hasta ahora requerían la adopción de un auto.

Cambios en los plazos

Se limita el plazo para presentar un escrito de adaptación de la demanda cuando el acto cuya anulación se ha solicitado sea sustituido o modificado por otro acto con el mismo objeto. Y se podrá adoptar una diligencia de prueba en la que se solicite información o la presentación de un documento sin adopción previa de una diligencia de ordenación del procedimiento.

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