
La Dirección General de Tributos (DGT), órgano directivo del Ministerio de Hacienda, rechaza que los hombres puedan beneficiarse de la deducción en el IRPF por hasta mil euros de los gastos por guardería del hijo menor de tres años.
Este beneficio es un añadido a la deducción en el IRPF por hasta 1.200 euros que se permite desde 2015 a las mujeres por tener hijos menores de tres años. En 2018, a través de la Ley de Presupuestos Generales, se amplió este beneficio fiscal para poder deducir también los gastos de guardería.
En una consulta de Tributos del 21 de noviembre, el órgano recuerda que la Ley del IRPF, en su artículo 81, marca que la deducción por maternidad solo corresponde a las mujeres a menos que haya fallecido la madre o se otorgue la guarda y custodia de forma exclusiva al padre.
Esta excepción también se extiende a la deducción por gastos por guardería ya que el punto segundo de dicho artículo señala que el importe de la deducción por maternidad "se podrá incrementar hasta en 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente que tenga derecho a la misma hubiera satisfecho en el período impositivo gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados". Es decir, la deducción por guardería solo es para los contribuyentes que tengan derecho a la deducción por maternidad, la mujer.
Precisamente, el Tribunal Supremo facilitó a las madres, en dos sentencias del 8 de enero, la deducción por guardería, ya que tumbó el criterio reestrictivo de Hacienda. La Administración exigía que las guarderías contaran con una autorización educativa para que las mujeres podieran deducirse los gastos, pero el Supremo señaló que no se puede reclamar este requisito porque es inviable que las guarderías cuenten con esta autorización ya que su función es de custodia y queda fuera del ámbito educativo.
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