
El Tribunal Supremo (TS) ha condenado a dos personas a indemnizar con 12.000 euros a un árbitro de un club de balonmano por publicar a través de Facebook comentarios que "sobrepasan los límites de la libertad de expresión para atentar frontalmente contra el honor del demandante y su dignidad como persona".
La Sala de lo Civil considera que las dos personas que publicaron los "comentarios deshonrosos" contra el árbitro no se limitaron a criticar la suspensión del partido, sino que se dedicaron a descalificarlo en su esfera personal y también profesional como policía local "de forma absolutamente desproporcionada por el significativo objetivo de las frases proferidas y por la ausencia de vinculación con respecto a su actuación arbitral, en la que tampoco, además, tiene que soportar comentarios notoriamente injuriosos".
El fallo, del 12 de diciembre, del que fue ponente el magistrado Seoane Spiegelberg, añade que no hace falta que los comentarios no incluyeran el nombre de la persona porque al aludir a su condición de árbitro de un partido concreto y a su profesión de policía ya lo hacen identificable.
Además, obliga a los condenados a eliminar los comentarios y publicar la sentencia en Facebook.