El Consejo de Ministros aprobó este martes la Ley de Paridad para su remisión a las Cortes. El Gobierno ya dio el visto bueno a esta norma el pasado 7 de marzo, aunque finalmente su tramitación cayó tras la disolución de las Cámaras y la convocatoria de elecciones del 23 de julio.
La norma obliga a las compañías de más de 250 empleados, así como a la Administración Pública y Colegios Profesionales a que al menos el 40% de los miembros de sus consejos de administración, órganos de gestión o alta dirección sean mujeres. Las empresas que lo incumplan asumirán sanciones por una infracción grave e incluso su retirada de la cotización.
La Ley da varios escenarios para su puesta en marcha. De un lado, las firmas que componen el Ibex-35 tendrán que cumplir esta obligación de cara al 30 de junio de 2024; las que cotizan por encima de los 50 millones tendrán que hacerlo a partir del 30 de junio de 2025; y el resto de empresas junto con los Colegios Profesionales deberán hacerlo a partir del 30 de junio de 2026.
'Listas cremallera'
Además, de cara la Administración pública, se modificará la Ley del régimen electoral general para aplicar las listas cremallera. Es decir, las candidaturas electorales deberán tener una composición paritaria de mujeres y hombres, integrándose las listas por personas de uno y otro sexo ordenados de forma alternativa. La reforma aplicará a todos los procesos electorales: elecciones de diputados al Congreso, municipales, miembros de los consejos insulares y de los cabildos insulares, diputados del Parlamento Europeo y miembros de las Asambleas legislativas de las Comunidades.
También se aplicará cuando las candidaturas en el Senado se agrupen por listas. También se modificará la Ley del Gobierno para que las Vicepresidencias y los Ministerios cuenten con una presencia equilibrada de mujeres y hombres, de modo que cada uno de los sexos suponga un mínimo del 40%.