
El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha rechazado el recurso interpuesto por Venezuela contra las medidas restrictivas de la Unión Europea (UE) acordadas en noviembre de 2017 a través del Reglamento 2017/2063. Bruselas estableció entonces la prohibición de vender, suministrar, transferir o exportar equipos que pudieran ser utilizados para la represión interna y servicios relacionados con dichos equipos ante el deterioro de la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho en el país.
Venezuela recurrió el Reglamento ante el TGUE en febrero de 2018, que el tribunal inadmitió en septiembre de 2019 al considerar que las medidas controvertidas no afectaban directamente a la situación jurídica de Venezuela. El país recurrió la decisión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que en junio de 2021 anuló parte de la resolución del TGUE y le devolvió el caso de nuevo.
Ahora, el TGUE, en una sentencia de este 13 de septiembre de la que fue ponente la magistrada Inga Reine, desestima todas las alegaciones formuladas por Venezuela. De un lado, señala que el país no goza del derecho a ser oído antes de la adopción de las restricciones porque este derecho se aplica cuando se toman medidas individuales contra una persona y no cuando se toman medidas generales.
También justifica que el Consejo Europeo motivó ampliamente las medidas restrictivas que impuso, lo que no pudo ser ignorado por Venezuela. Asimismo, añade respecto al argumento del país de que los hechos son inexactos y se ha errado en la apreciación de la situación política, que el Consejo consideró suficientemente acreditados los actos de violencia y el uso excesivo de la fuerza, así como las violaciones de los derechos humanos y el menoscabo de la democracia en Venezuela. Finalmente, el TGUE desestima el argumento de Venezuela de que la Comisión necesita el aval de la ONU para imponer medidas restrictivas puesto que el país no ha demostrado que se necesite este consentimiento.
El Tribunal recuerda que la facultad del Consejo de adoptar medidas restrictivas se inscribe en el marco de las medidas autónomas de la Unión adoptadas en el ámbito de la política exterior y de seguridad europea (PESC), que tienen como finalidad garantizar el cumplimiento de las obligaciones de respetar los principios derivados del Derecho internacional general y de los instrumentos internacionales de carácter universal.
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