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La Fiscalía Europea contará con un servicio de guardia para actuaciones urgentes

  • Esta actividad no tiene cabida en los regímenes existentes...
  • ...por eso se establece la relación de puestos y cuantía a percibir
Foto: Istock

Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Fiscalía Europea en España deberán realizar para actuaciones urgentes, un servicio de guardia, localizada, con periodicidad semanal y en condiciones de continua localización, de forma rotatoria, según se regula en la Orden JUS/940/2023, de 31 de julio, publicada este pasado sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Se establece también, que dada la periodicidad y las condiciones en la que se presta, por cada servicio de guardia, previa acreditación de su realización, se percibirá una cuantía igual a la establecida en la normativa reguladora de las retribuciones complementarias por servicios de guardia del personal al servicio de la Administración de Justicia, para la guardia semanal de disponibilidad en la Fiscalía de la Audiencia Nacional y Fiscalía Especial para la Represión el Tráfico ilegal de Drogas.

La Ley Orgánica 9/2021, de 1 de julio, de aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea, prevé en su artículo 16.2 que para el cumplimiento de las funciones de los Fiscales Europeos Delegados, se crea la Oficina, para la que se han adscrito a funcionarios de la Administración General del Estado, de Comunidades Autónomas y de la Administración de Justicia, quedando en servicios especiales en sus cuerpos de origen.

Dada la singular naturaleza de la Fiscalía Europea, que no está integrada en un órgano judicial o de la Fiscalía, el servicio de guardia no tiene cabida en alguno de los regímenes preexistentes, lo que ha obligado a modificar la Orden, así como la de su relación de puestos de trabajo, estableciendo el servicio de guardia así como el régimen, periodicidad y la cuantía a percibir.

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