Legal

El cliente puede renunciar a un contrato y no pagar si no fue informado de su derecho a desistir

  • El TJUE defiende que el derecho a desistir busca proteger al consumidor...
  • ...que puede estar bajo presión psicológica o afrontar un elemento sorpresa
Una persona lee un contrato.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determina que un consumidor está exento del pago si desiste de un contrato de servicios celebrado fuera del establecimiento, que ya ha sido ejecutado, siempre que la empresa no le hubiera informado del derecho de desistimiento del que dispone. La Justicia europea da así la razón a un consumidor que celebró un contrato de servicios para renovar la instalación eléctrica de su casa, pero la empresa no le informó del derecho de desistimiento que tenía durante 14 días debido a que el contrato se cerró fuera del establecimiento comercial de la compañía.

El cliente, después de que se ejecutara el contrato, se negó a pagar la factura porque desistió del contrato porque la empresa no le informó de su derecho de desistimiento. El TJUE, en su sentencia de este miércoles, señala que un consumidor está exento de toda obligación de pagar el servicio prestado en ejecución de un contrato de servicios celebrado fuera del establecimiento, si el comerciante de que se trate no le ha informado de su derecho de desistimiento y el consumidor ha ejercido su derecho de desistimiento una vez ejecutado dicho contrato.

"El derecho de desistimiento tiene por objeto proteger al consumidor en la situación concreta de la celebración de un contrato fuera del establecimiento. En efecto, en esta situación, el consumidor puede estar bajo posible presión psicológica o verse enfrentado a un elemento de sorpresa. Por lo tanto, la información sobre este derecho de desistimiento reviste, para dicho consumidor, una importancia capital y le permite tomar, con conocimiento de causa, la decisión de celebrar o no el contrato", apunta el tribunal europeo.

Por lo que respecta a la cuestión del enriquecimiento del consumidor así producido y a la prohibición del enriquecimiento sin causa, el tribunal recuerda que el objetivo de la Directiva es lograr un nivel elevado de protección de los consumidores." Este objetivo se vería comprometido si se permitiera que un consumidor, después de desistir de un contrato de servicios celebrado fuera del establecimiento, pudiera incurrir en gastos que no están expresamente previstos en la Directiva", concluye.

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