La abogada general de la UE avala que los Estados puedan vetar la inversión extrajera de terceros países, aunque tengan sociedades dentro de la UE, si es para tomar el control de una compañía estratégica.
La abogada Xella Magyarország se pronunció así en sus conclusiones, conocidas este jueves, sobre un caso de Hungría donde el Ministro de Innovación y Tecnología bloqueó en 2021 la adquisición de una sociedad húngara titular de una mina de la que se extraen grava, arena y arcilla por otra firma que, aunque también estaba en Hungría, su matriz estaba radicada en Bermudas. El Ministerio alegó que sería contrario a los intereses nacionales húngaros, incluido el de seguridad del suministro de materias primas, permitir que la firma de Bermudas tomara el control de una empresa estratégica para el país.
La abogada señala que el Reglamento de control de Inversiones Extranjeras Directas (IED) obliga a los organismo nacionales a ofrecer justificaciones legítimas de la restricción de los flujos de capital.
"Del Reglamento de control de IED se desprende que las restricciones de los movimientos de capital solo pueden justificarse por motivos de seguridad o de orden público. Dichos motivos de justificación únicamente pueden invocarse cuando existe una amenaza real y suficientemente grave que afecte a un interés fundamental de la sociedad", explican desde el TJUE en un comunicado.
Tras este argumento, la abogada reconoce que, en tiempos de crisis, garantizar el suministro de determinadas materias primas puede justificar la restricción de la inversión extranjera directa por razones de orden público (o de seguridad). "Estas razones pueden incluso justificar restricciones de movimientos de capitales procedentes de países terceros que en otro caso no podrían ser aceptadas en el mercado interior", apunta en sus conclusiones.