El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) carga duramente contra el anteproyecto de ley que crea la Autoridad Independiente de Defensa del Cliente Financiero porque se arroga competencias que están reservadas exclusivamente al Poder Judicial.
El órgano aprobó este jueves el informe sobre esta nueva norma con una extensa enumeración de cuestiones sobre las que se posiciona en contra. El CGPJ espeta al Ejecutivo que este sistema de resolución de disputas entre clientes y entidades por la vía extrajudicial invade un espacio que la Constitución Española reserva exclusivamente al Poder Judicial. "La Administración no puede crear instancias administrativas para resolver coactivamente controversias entre particulares regidas por el derecho privado", señala el informe.
El CGPJ también critica que la ley dice que si hay un volumen muy elevado de reclamaciones, la Autoridad podrá pedir colaboración a otros órganos públicos o privados. "Resulta radicalmente inadmisible que [...] la potestad de resolver coactivamente conflictos privados entre particulares pueda, además, resultar cedida a cualquier órgano o entidad pública o privada", apunta el informe.
La Autoridad de Defensa del Cliente Financiero, por otro lado, impone a la banca que pague una tasa de 250 euros por cada una de las reclamaciones de clientes que se admitan. El Ejecutivo prevé financiar esta nueva figura a través de esta tasa. Sin embargo, el órgano judicial carga directamente contra esta tasa. Según el informe, la ley asemeja esta tasa "a una suerte de impuesto" y, por tanto, para que su exigencia sea legítima "debería gravar una capacidad económica de las entidades financieras que no se atisba en la circunstancia de verse obligadas a participar en un procedimiento de resolución de controversias que en ningún caso tienen legitimación para instar". Además, señala que la tasa infringe los preceptos sobre la naturaleza jurídica, el sujeto pasivo de esta clase de tributo y la necesaria justificación de su cuantía. "Pone en riesgo algunos de los principios que presiden nuestro sistema tributario", critica el órgano judicial.
Las empresas, fuera
Por otro lado el informe critica que la ley hace una definición demasiado amplia de lo que es un cliente financiero. A su juicio, este concepto incluye tanto a los particulares como a las empresas, sin embargo considera que debe descartarse a estas últimas porque excede los límites de la Directiva europea 2013/11/UE relativa a la resolución alternativa e litigios en materia de consumo. Según el CGPJ, resulta "exorbitante" dar a las empresas el mismo nivel de protección que a los particulares y recuerda que la directiva excluye de manera expresa los "litigios ente comerciantes".
El órgano también choca con la definición de las cláusulas abusivas que hace la nueva norma, ya que deja fuera la valoración de las propias circunstancias subjetivas del consumidor en relación de la obligación que afrontan.
Finalmente, como quinta crítica que hace el CGPJ, espeta que el anteproyecto atribuye a la jurisdicción contencioso-administrativa el conocimiento de los recursos contra las decisiones de la Autoridad, cuando debería ser la Civil.