Legal

La tasa a banca y energéticas podrá recurrirse por un error en su liquidación

  • El Ejecutivo fijó el deber de pago por orden ministerial en vez de ley
  • Los expertos prevén que este "descuido" lleve a una alta litigiosidad
Mazo de un juez sobre billetes.

El gravamen a la banca y a las energéticas aprobado a final de año por el Ejecutivo tambalea su continuidad por un error en su concepción. La Ley 38/2022, de 27 de diciembre, que establece esta tasa no recoge la obligación de autoliquidación dentro de la propia normativa que, posteriormente, publicó el Ministerio de Hacienda el pasado 3 de febrero mediante una orden ministerial. Sin embargo, según los expertos consultados, la Ley que estipula esta tasa apunta en su propio texto que se rige por lo dispuesto en la Ley General Tributaria, y esta normativa señala de forma clara en el apartado 'h' de su artículo 8 que "se regulará en todo caso por ley" "la obligación de presentar declaraciones y autoliquidaciones referidas al cumplimiento de la obligación tributaria principal y la de pagos a cuenta".

Sin embargo, el Gobierno utilizó una norma inferior, la de orden ministerial, en vez de una ley para regular la autoliquidación del gravamen a las entidades y a las energéticas. Los expertos consultados señalan que los tribunales pueden tumbar la obligación de liquidación por este descuido en la concepción de la tasa. De hecho, las patronales bancarias, AEB y CECA, ya han presentado este miércoles un recurso contra la orden ministerial ante la Audiencia Nacional. Además, Kutxabank también anunció este viernes que ha recurrido también dicha orden ante el mismo órgano judicial.

Incertidumbre de tiempos

"Si la Justicia establece que la autoliquidación es anulable, se tendrá que devolver lo liquidado", explican las fuentes consultadas. No obstante, consideran que previsiblemente el Gobierno acabará rectificando este error y pondrá la obligación de pagar en una ley. Aún así, los tiempos corren en contra. Cabe recordar que desde que el Ejecutivo anunció este verano su intención de poner en marcha esta tasa hasta que finalmente la sacó adelante transcurrieron seis meses. Ahora, en el ecuador de febrero, corregir este descuido podría conllevarle al menos otros seis meses, situándose al borde de la fecha de las elecciones generales que se celebrará en el mes de noviembre.

Para los economistas y fiscalistas, este error va a traer una cascada de litigios asegurada. Asimismo, destacan la paradoja de que en el caso del impuesto a las grandes fortunas, que se publicó dentro del mismo texto que el gravamen a banca y energéticas, sí recoge la obligación de autoliquidación dentro de la propia Ley 38/2022, de 27 de diciembre, lo que achacan a que los tributos fueron concebidos por dos equipos distintos. Concretamente, el texto recoge respecto a la tasa a las grandes fortunas en una disposición la obligación de autoliquidación que señala que los sujetos pasivos están obligados a presentar declaración, a practicar autoliquidación y, en su caso, a ingresar la deuda tributaria en el lugar, forma y plazos que se determinen por el titular del Ministerio de Hacienda y Función Pública. Y añade que el pago de la deuda tributaria podrá realizarse mediante entrega de bienes integrantes del patrimonio histórico español que estén inscritos en el Inventario General de Bienes Muebles o en el Registro General de Bienes de Interés Cultural. Especifica por ley la obligación de liquidación de la que carece la tasa a la banca.

Argumentos en contra

Asimismo, tal y como advierten desde el Instituto de Estudios Económicos (IEE), servicio de estudios de CEOE, hay otra lista de argumentos que dan pie a impugnar el gravamen. De un lado, destacan la retroactividad del mismo. Es decir, el gravamen se aprobó a finales de diciembre y grava los ingresos de entidades y energéticas de 2022, pero en base a sus resultados de 2019. Es decir, la Ley fijó que se aplicaría un tipo del 4,8% para los bancos que en el 2019, año preCovid, tuvieran unos ingresos por su actividad en España a partir de 800 millones de euros y para las energéticas, un 1,2% para las que tuvieran ingresos a partir de 1.000 millones. Esta retroactividad, consideran los expertos, afecta a la seguridad jurídica.

Como segundo argumento fuerte, destacan que supone una doble imposición, porque estas compañías ya pagan tributos a través del Impuesto de Sociedades. Además, señalan que atenta contra la capacidad económica de las compañías, ya que al gravar los ingresos en vez de los beneficios, puede ser que en algunos casos se aplique la tasa a una empresa que en su resultado neto dé pérdidas. Por otro lado, consideran que es un impuesto "selectivo" ya que la Ley no justifica por qué se pone el umbral de los ingresos a raíz del cual se gravan en los 800 millones en el caso de la banca o en los 1.000 millones, en el de las energéticas. Otro de los grandes argumentos en contra, es que consideran que se ha tramitado en fraude de ley, al usar la vía de urgencia, y no contar con informes previos como el del Banco de España, puesto que al ser una normativa financiera debería estar dictada por el organismo. Finalmente, dicen que atenta contra la norma europea de la EBA que pide a la banca trasladar cualquier tipo de coste al cliente, un argumento que ya reprochó el Banco Central Europeo (BCE) al Gobierno en el informe remitido este otoño, pero que éste ignoró e impuso por ley la prohibición de repercutir la tasa a los usuarios.

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Comentarios 9

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Ingeniero
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qué casualidad.... cuando es un impuesto a las grandes empresas y/o ricos... siempre se comete algún error que impide que se les cobre.... con el IRPF eso nunca pasa.

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#1
Solo pagan el 0.3% de sus multimillonarios beneficios
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Solo pagan el o.3% de sus multimillonarios beneficios

Puntuación -14
#2
La delincuencia economica gobierna España con sus politicos titeres
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La delincuencia economica gobierna España con sus politicos titeres

Puntuación 5
#3
Jamas `pagan un duro de impuestos
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Jamas pagan un duro de impuestos a la Hacienda Publica

Puntuación -16
#4
Particulares y empresas pierden siempre todos los juicios frente a la banca y electricas
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Particulares y empresas pierden siempre todos los juicios frente a la banca y electricas ..ningun banquero pisa la carcel en España jamas

Puntuación -10
#5
Jose
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Cachis!!! Un inesperado error. La plebe ya está lobotomizada de propaganda, convencida que los rojos van a cobrar al gran capital. Pero los rojos quieren ser muy amiguitos del gran capital, y seguir desplumando a la plebe. Los sociocomunistas sólo engañan ya a quien para comunicarse berrea.

Puntuación 3
#6
Torero
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PALETOS IGNORANTES, creando Leyes y Tributos.

¿Puede extrañar?

Puntuación 11
#7
Asi Nos Va
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Aqui esta el poder de los inutiles, con estos al volante nos matamos seguro, casi es mejor que no haya nadie al volante.

Puntuación 4
#8
Joan Lluís Rodríguez i García
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En manos de quien estamos con este gobierno, cuando no es la ley del sí es sí, es esto, y mañana que será?

Puntuación 3
#9