Legal

La ley de demandas colectivas abre la puerta a que los fondos financien litigios

  • Permite a terceros sufragar acciones y que el Estado represente a los afectados
La ministra de Justicia, Pilar Llop.

El Consejo de Ministros aprobó el 20 de diciembre el Anteproyecto de Ley que regulará las acciones colectivas en defensa de los consumidores y que aún está a falta de pasar todo el trámite parlamentario para convertirse en Ley. De momento, el primer texto publicado este lunes ya muestra las primeras novedades en el ámbito de estas actuaciones (aún susceptible a cambio) y abre la puerta a que terceros financien estas acciones colectivas. Hasta ahora, la entrada de jugadores externos para sufragar los gastos de un litigio de estas características en nuestro país estaba en la alegalidad, ni estaba regulado ni era ilegal, pero la directiva europea que ahora transpone España lo recoge.

"Los principales actores que se dedican a financiar acciones colectivas son los fondos de litigio, que casi todos son norteamericanos, y a cambio de lo ganado se llevan un porcentaje, pero tienen que cumplir unas garantías como que no tenga conflicto de interés con la parte demandada", señala Patricia Suárez, presidenta de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin). Suárez añade que la financiación de terceros viene bien para tener solvencia a la hora de actuar contra grandes compañías. "Por ejemplo, si se actúa contra una gran tecnológica, no se tiene la misma igualdad de medios o capacidad para pagar a buenos abogados", explica Suárez. Aunque el negocio aún es incipiente en España, en los últimos cinco años ya han aterrizado varios fondos de litigios como Ramco o Calunius Capital.

Por otro lado, el texto del Anteproyecto también trae relevantes novedades como que el Ministerio de Consumo, a través de la Dirección General de Consumo, y el Ministerio Fiscal podrán representar los intereses de los particulares en casos de acciones colectivas.

A pesar de que entre el Estado a defender a los consumidores, las asociaciones que se dedican a este tipo de actuaciones, también continuarán poniendo en marcha y llevando este tipo de procesos, una situación que les preocupaba dejar de hacerlo antes de conocer el texto, ya que, como aseguran fuentes jurídicas, temían que se quedara el Estado como principal representante.

Sin embargo, el texto recoge que las entidades habilitadas podrán llevar estas acciones, y entre ellas están las asociaciones de consumidores, pero también colegios oficiales y cámaras de comercio. El Ministerio de Consumo deberá habilitar un sitio web donde se encuentren la correlación de entidades habilitadas para defender a los consumidores, tanto nacionales como internacionales, puesto que el anteproyecto también permite que si hay afectados por casos que ya se procesan en el extranjero, puedan unirse al mismo, o que entidades españolas representen intereses en otros países de la UE. Asimismo, el Ministerio de Justicia deberá habilitar un Registro Estatal de actuaciones en marcha y sus resoluciones.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky