
En marzo de 2021 entró en vigor el Reglamento europeo de divulgación, que empujó a las gestoras a etiquetar sus productos sostenibles bien como artículo 8 (verde claro, los que "promueven características de sostenibilidad") o artículo 9 (verde oscuro, fondos de impacto). Fue una auténtica revolución. Pero lo que viene en 2022 es mucho más relevante, explican Carlos Magán, socio de Afi, y Claudia Antuña, responsable de inversiones sostenibles de esta consultora independiente, que guía a las entidades españolas en el maremágnum de la regulación sostenible europea. Consulte más entrevistas sobre ESG en elEconomista Inversión sostenible y ESG.
¿Cuál ha sido el papel de Afi tras la entrada en vigor del Reglamento de Divulgación en marzo pasado?
Carlos Magán: Esa normativa obliga a gestionar los riesgos ESG, algo que hasta este momento la industria no hacía, al menos no de forma estructurada. Hemos ayudado a muchas entidades a hacerlo, pero ahora viene una modificación muy relevante, la de MiFID, que se aprobó en agosto de 2021 y que entra en vigor en agosto de este año.
¿Y por qué es tan relevante?
C.M.: Por primera vez, tanto en España como en Europa, se va a preguntar a los clientes si, al invertir, tienen alguna preferencia de sostenibilidad. La probabilidad de que respondan que sí es muy alta. Y si lo hacen, las entidades tienen que ofrecerles producto sostenible. De ahí va a venir la revolución total de la gama de producto sostenible en este país. ¿Cuál es el problema? Que, hasta ahora, lo que teníamos era el Reglamento de Divulgación, con sus famosos artículos 8 y 9. Pero para dar respuesta a esas preferencias, no vale con estar clasificado según la normativa de divulgación, sino que es preciso cumplir con los nuevos requisitos de MiFID.
"Existe una gran confusión entre el Reglamento de Divulgación y la normativa de MiFID", advierte Antuña
Entonces, el trabajo que han hecho las entidades para clasificar sus fondos como artículo 8 o 9, ¿no sirve para responder a los clientes que, desde agosto, digan que tienen preferencias de sostenibilidad?
Claudia Antuña. No necesariamente. Existe mucha confusión entre la normativa de divulgación y la de MiFID. La primera nació con el objetivo de fomentar la transparencia, e integrar los riesgos, y de ahí salió una definición de qué cuestiones se tienen que divulgar para que un producto sea sostenible y qué características debe tener. Pero esa norma no nacía con la voluntad de modificar la gama de producto existente. Por ponerte un ejemplo, un fondo artículo 8 que aplique un criterio best in class [que seleccione a las mejores de cada categoría] y un filtro de exclusiones, en principio, no sirve según MiFID.
¿Y los fondos 'artículo 9'?
C. A: Sí, esos sí serían productos al 100% válidos bajo MiFID, por tratarse de productos que invierten en activos sostenibles (como por ejemplo, energías renovables).
Bajo la normativa MiFID, ¿qué criterios deberán cumplir los productos para ofrecérselos al cliente?
C.M.: Para que un producto sea elegible bajo la normativa de MiFID, tiene que cumplir 3 características: o un mínimo inversiones conforme a taxonomía, o un mínimo de inversiones sostenibles conforme al Reglamento de Divulgación, o que aplique los principios de incidencias adversas. A partir de ahora hay que gestionar las incidencias adversas, es decir, evaluar si con mis inversiones estoy perjudicando un ámbito ambiental o social. Las entidades están en este momento haciendo la reflexión de qué estrategia de producto llevar a cabo para poder cumplir con las preferencias ESG de los clientes. Se trata de un hito en la industria de producto en España. Nosotros asesoramos a muchas entidades y están preocupadas, porque parece que hay tiempo pero no lo hay. Transformar producto y lanzarlo lleva muchos meses.
Si 2021 fue un 'tsunami' en cuanto a la regulación de las finanzas sostenibles, ¿2022 qué será?
C.M.: Desde el punto de vista de la normativa en sostenibilidad, lo peor está por llegar. Las entidades pensaban que se habían adaptado ya a ella, pero no es así. Piensa que esta modificación de MiFID afecta a los dos modelos de negocio en los que más han crecido las entidades en los últimos años, que son el asesoramiento y la gestión discrecional de carteras. Además, es algo muy complejo. Tú puedes decir: "Voy a crear un producto que impacte en los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas", pero ¿cómo lo hago? Es necesario realizar un reporting precontractual y otro postcontractual. Vas a tener que presentar al supervisor y al cliente un informe respondiendo a 10, 15 preguntas con un tremendo nivel de detalle. La complejidad de un desarrollo de un producto sostenible ha aumentado de forma brutal.
"Hoy por hoy, si fuera por la demanda del minorista, ninguna entidad haría ningún esfuerzo" en sostenibilidad, señala Carlos Magán
Según los últimos datos de VDOS, a cierre de 2021 el 19% del patrimonio en fondos de las entidades españolas era sostenible. ¿Hasta dónde creen que puede llegar ese porcentaje?
C.M.: Porcentualmente no podemos saberlo, pero que será mayoritario, seguro, por el impulso de MiFID. Si tú quieres satisfacer las necesidades de sostenibilidad de tus clientes, deberás tener una gama adecuada de producto sostenible, sobre todo si lo distribuyes a través de esos dos canales, asesoramiento y gestión discrecional, que son los que más volumen contratan. Así que sí o sí se va a producir un crecimiento espectacular en los próximos dos o tres años.
C.A.: Sí, crecerá por MiFID, y por el efecto bola de nieve, porque tanto el inversor institucional como el retail irán teniendo cada vez una mayor sensibilidad a este tipo de productos.
¿Seguirá produciéndose el 'greenwashing'?
C.M.: Es la ley del péndulo. Ahora estamos en que todos queremos ser muy sostenibles o verdes, y eso no puede ser así. Lo hay, es evidente. ¿Con mala fe? Seguro que no, la propia industria irá corrigiendo de forma natural estas prácticas.
C. A.: Es parte del aprendizaje, en muchos casos.
Al inversor retail, ¿le interesa o no la sostenibilidad? ¿La clave para que lo haga será que le pregunten por ello a partir de agosto?
C.A.: Creo que empieza a hacerlo, pero probablemente todavía hay mucho inversor retail que piensa en filantropía cuando le hablan de inversión sostenible. Hay que ayudarle a entender en qué está invirtiendo y que son inversiones igual de rentables que las tradicionales.
C.M.: Hoy por hoy, es cierto que si fuera por la demanda del cliente minorista ninguna entidad financiera haría ningún esfuerzo en este sentido, pero como lo van a tener que hacer sí o sí por obligación normativa, el minorista se va ver beneficiado.