
La Sala Primera del Tribunal Supremo declara que Esther y Alicia Koplowitz no tienen un hermano materno, como reclamaba Ramón Ignacio García, quien no aportó ninguna prueba para reforzar su teoría.
A pesar de que no había ningún indicio de relación familiar, la Sección 22º de la Audiencia Provincial de Madrid decidió admitir la demanda de García. En 2020, se desestimó la demanda y se obligó al demandante a pagar las costas del proceso judicial.
Sin embargo, García puso el recurso de apelación reiterando la petición de que se practicase una prueba de ADN con Esther y Alicia Koplowitz, que, a pesar de que fue todo de manera inapropiada, las hermanas se prestaron ha hacerse la prueba biológica.
Tras analizar las muestras, el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses concluyó que "se puede excluir que don Ramon Ignacio García García comparta línea materna con doña Esther y doña Alicia Koplowitz".
García, nuevamente, tendrá que hacer frente a las costas del procesa. Además, los asesores jurídicos de las hermanas Koplowitz, procederán a ejecutar las referidas condenas sobre las costas, y estudiarán cualquier medida adicional para que no vuelva a suceder que se interpongan frente a ellas demandas tan dolorosas como absolutamente infundadas, ni que se prolonguen los consiguientes procesos, pese a la ausencia del más mínimo indicio probatorio.