Las entidades bancarias han sufrido varios varapalos desde 2013, cuando el Tribunal Supremo declaró por primera vez la abusividad de las cláusulas suelo, lo que implicó que las cantidades cobradas de más debían ser devueltas desde el inicio del préstamo sin limitación temporal.
Ahora, tienen un nuevo frente abierto: el IRPH, un índice que se utiliza en las hipotecas como un tipo de interés equivalente al euríbor para el cálculo de los intereses, cuya supuesta abusividad se ha discutido en el Tribunal Supremo. Las comunidades autónomas más afectadas son el País Vasco y Cataluña, pero este índice ha sido aplicado por las entidades de crédito en préstamos hipotecarios de toda España, afectando a cerca de 1,3 millones de familias.
Mientras el euríbor equivale al interés por el que los bancos europeos se prestan euros, el IRPH hace referencia al tipo medio de interés de los préstamos hipotecarios a más de tres años para la adquisición de vivienda concedidos por las entidades de crédito en España. El IRPH se publica por el Banco de España, sin que este lo revise, dado que solo recoge los datos de la TAE que le ofrecen las entidades de crédito españolas y realiza una media. Esto significa que sobre el euríbor las entidades españolas no tienen capacidad directa para alterarlo, cosa que sí ocurre en el IRPH.
Las diferencias entre la aplicación del euríbor o del IRPH actualmente son notorias, puesto que el euríbor se encuentra en valores negativos (-0,18%), mientras que el IRPH está a 1,874%. En una hipoteca de 78.000 euros esto puede suponer una diferencia de 1.000€ al año de intereses. Durante otros años, los porcentajes han sido más similares. De hecho, las entidades de crédito justificaban la aplicación del IRPH alegando que se trataba de un índice menos volátil que el euríbor, pero sin informar al solicitante del préstamo que el IRPH siempre ha sido superior al euríbor.
Hasta el 1 de noviembre de 2013, se distinguían entre los índices de IRPH-Bancos e IRPH-Cajas. Desde entonces, solo está vigente la aplicación del IRPH-Entidades, que incluye a los bancos y cajas de ahorros. La jurisprudencia ha determinado que el IRPH es un índice oficial que determina el Banco de España a través de los datos que le facilitan las entidades de crédito, y que las mismas no pueden influir en su determinación.
Sin embargo, es necesario tener en cuenta que, pese a que el IRPH-Cajas también era considerado como un tipo de interés de referencia oficial, el cálculo se realizaba mediante una media simple en la que todas las cajas tenían el mismo peso, sin tener en cuenta el volumen de crédito. Es decir, tenía el mismo poder de cálculo Caixa Pollença que La Caixa, pese a que esta última contaba con un volumen 600 veces superior a la primera. De esta forma, si una caja con un ámbito de actuación limitado aumentaba los tipos de interés, se producía una subida en el resto.
En 2016, la Comisión Europea impuso una multa a Crédit Agricole, HSBC y JPMorgan por un total de 485,45 millones de euros por llegar a acuerdos para manipular el euríbor, en los que también participaron Deutsche Bank, Barclays y Citigroup, entre otros. Es decir, que si el euríbor puede ser manipulable, pese a contar con una influencia más amplia y tratándose de un cálculo más complejo, es muy probable que el IRPH también lo sea.
A todo ello hay que sumar la posición de los Juzgados de Primera Instancia y las Audiencias Provinciales, que han dictado varias sentencias anulando este índice por considerarlo poco transparente, claro y sencillo, puesto que se ha demostrado que las entidades bancarias no informaron correctamente a los consumidores de los efectos de someterse a esta cláusula, denominándose en algunas escrituras como "interés constante".
Pese a todas estas evidencias, el pasado 22 de noviembre el Tribunal Supremo adelantó el fallo de la sentencia relativa al IRPH y determinó que su aplicación no es abusiva. A la espera de la sentencia final que aclare los motivos que han llevado al Tribunal Supremo a diferenciar la aplicación de la cláusula suelo con el IRPH y la posibilidad de acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los consumidores afectados pueden recurrir a cambiar su préstamo de banco o negociar un cambio en las condiciones para que se les aplique el euribor.