Empresas y finanzas

Tribunal UE permite uso marca Budweiser para productos distintos a la cerveza

Bruselas, 12 jun (EFECOM).- El Tribunal de Primera Instancia de la UE sentenció hoy que la denominación de origen Budweiser, que define un tipo de cerveza checa, no impide a la empresa estadounidense Anheuser-Busch emplear el mismo término en productos distintos a la bebida, según un comunicado de la institución.

El Tribunal rechazó así un recurso de la empresa checa Budejovický Budvar contra la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), que entre 1996 y 1998 autorizó a Anheuser-Busch a registrar los signos verbales Budweiser y Bud, y un signo figurativo que contiene el término Budweiser, como marcas de productos de papelería, material de limpieza, vestidos, pastelería y confitería.

Para los jueces europeos, las denominaciones de origen Budweiser Bier, Budweiser Bier-Budvar, Budweiser-Budvar, y Bud, invocadas por Budejovický Budvar, sólo están protegidas, en virtud del llamado Arreglo de Lisboa, respecto a la cerveza y productos similares.

En el caso específico de Francia, el derecho nacional permite una protección más amplia si se demuestra que los signos controvertidos pueden disminuir la notoriedad, en el mercado nacional, de los productos originales.

Pero los jueces sentenciaron que Budejovický Budvar no ha logrado probar la existencia de tal notoriedad y confirmó, en consecuencia, las resoluciones de la Oficina de Armonización.

Por otra parte, en los años mencionados, la OAMI había rechazado que Anheuser-Busch registrase el signo figurativo con el término "Budweiser" para productos como la "cerveza, ale (cerveza inglesa), porter, bebidas elaboradas con malta con y sin alcohol".

Atendía así en este caso una petición de Budejovický Budvar.

En principio, Anheuser-Busch recurrió ante el Tribunal de Primera Instancia la decisión, pero el pasado 8 de mayo la empresa estadounidense comunicó a los jueces que había renunciado a su solicitud de registro.

El Tribunal de Primera Instancia declaró hoy que el recurso en este asunto ha quedado sin objeto y que, por lo tanto, procede su sobreseimiento. EFECOM

adp/ltm

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