Empresas y finanzas

La UE proyecta reforzar al BCE para examinar a consejeros y directivos clave en banca

  • Plantea que los evalúe antes de su nombramiento y disponga de hasta 120 días para el análisis
  • La banca busca modificar la propuesta al considerar que entorpecería su gerencia

La Comisión Europea quiere reforzar las competencias del Banco Central Europeo (BCE) en su labor de evaluación de directivos de las entidades financieras con un planteamiento que preocupa en el sector. El Ejecutivo comunitario ha propuesto, en concreto, que el organismo supervisor se ocupe de valorar a los directivos clave y no solo a los consejeros como hacía hasta ahora, que lo haga antes de que sean nombrados y disponga además de hasta 120 días para cumplir con este proceso conocido en la jerga financiera como 'fit and proper'.

Bruselas ha planteado su propuesta aprovechando la revisión de la directiva sobre Basilea III que debe incorporar los últimos flecos en materia de capital, lo que ha provocado una movilización del sector para intentar reconducirla antes de que acabe recogido en ley vía directiva.

Entre otros, han formulado alegaciones la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) y cinco de las grandes asociaciones y federaciones europeas del sector: la European Savings and Retail Banking Group (ESBG), la European Association of Public Banks (EAPB), Italian Banking Association (ABI), European Association of Co-operative Banks (EACB) y German Banking Industry Committee (Die Deutsche Kreditwirtschaft o GBIC). El texto debe pasar aún por el Consejo Europeo y Europarlamento, con previsión de que pueda cerrarse la norma definitiva durante el actual ejercicio.

La intención del Ejecutivo Comunitario es homologar prácticas con el establecimiento de reglas en una normativa común en materia de buen gobierno, pero su planteamiento supone en la práctica dar un salto de escala en el proceso actual.

Hasta ahora el BCE solo aplicaba el 'fit and proper' a los consejeros -proceso para evaluar la idoneidad del candidato y comprobar si cuenta con la trayectoria y experiencia necesaria para ejercer el cargo-; en la mayoría de países lo hacía una vez nombrado por la entidad y con plazos inferiores a los que propone Bruselas.

Por eso el grueso de federaciones y asociaciones solicita no tocar la norma y alegan, en algunos casos, una "inaplicabilidad", aunque hay matices según las jurisdicciones. En España sería, precisamente, una de las jurisdicciones donde menos distorsión provocarían tales reglas puesto que la ley nacional que transpuso la directiva estipula ya que el examen del BCE sea antes del nombramiento (examen ex-ante), salvo en situaciones de emergencia y tasadas donde se precisa cubrir una vacante y el organismo realiza la evaluación del candidato posteriormente.

La preocupación, que traslada la CECA, es que el plazo resulta "extremadamente largo y podría impactar negativamente en la estabilidad y el buen gobierno de las entidades de crédito" por la distorsión en la gestión que entraña mantener largas vacantes en el consejo de administración. Aboga por reducir dicho plazo "tanto como sea posible", sin exceder los 60 días hábiles (tres meses) que ya establece la normativa española.

Los 120 días o seis meses máximos propuestos por Bruselas (80 días hábiles, prorrogables en 40 más) podrían, además, acabar siendo siete meses ya que la designación de un consejero debe ir a junta de accionistas y su convocatoria y propuesta tiene que hacerse con un mes mínimo de antelación.

La CECA también pide que el BCE mantenga su actual competencia y se limite a evaluar a los consejeros, sin incluir a puestos claves como el director financiero o responsable de riesgos por el daño que podría ocasionar tener una vacante así abierta en la operativa diaria y toma de decisiones estratégicas. En apoyo de esta demanda recuerda que su designación compete a los consejeros, previamente examinados y validados por el supervisor.

El resto de asociaciones europeas claman directamente retirar la propuesta. La razón es que el examen y aprobación ex-ante solo se aplica en España y Rumanía. En mercados como Francia, Italia, Alemania o Austria, el BCE examina al candidato después de ser nombrado y asumen cualquier instrucción con una capacitación o formación posterior para que se adecúe a las expectativas fijadas por el supervisor.

Las asociaciones europeas han alertado además de la imposibilidad de comunicar su candidato con tanta antelación "cuando algunas instituciones de crédito tienen poca o ninguna influencia en el proceso de contratación de los miembros del consejo de supervisión". Se trata, sobre todo de entidades públicas, rurales, cooperativas o asimilables a las cajas de ahorros, que a menudo tienen un sistema de gobierno dual con vocales de, por ejemplo, elegidos entre los representantes de los trabajadores o administraciones públicas. Ese modelo de gobierno corporativo es diferencial frente al único existente en España y se asemeja más al de las antiguas cajas de ahorros, siendo miles las entidades públicas, rurales, regionales, etc, que lo tienen implantado en Europa.

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