
El Boletín Oficial del Estado ha publicado en la noche de este lunes el documento que deberán portar los trabajadores en servicios esenciales que no estén sometidos a las restricciones de desplazamiento impuestas este sábado por el Gobierno a través del Real Decreto 10/2020.
Como se aprecia en la imagen superior, el certificado debe recoger el nombre y DNI del trabajador y de un representante de la compañía, así como el nombre de la empresa y sus datos de contacto.
Al portar este documento relleno y firmado, el trabajador "puede continuar realizando desplazamientos a su lugar de trabajo o de desarrollo de su actividad de representación sindical o empresarial".