
El nuevo boom de las renovables llega al campo. Los ambiciosos objetivos de energías limpias han desatado una auténtica ofensiva en busca de suelo para huertos solares a cambio de altas rentabilidades para el agricultor.
España, junto al resto de los países europeos, tiene el objetivo de que en el año 2030 el 32 por ciento de la energía final consumida provenga de renovables. Según Red Eléctrica de España, a finales de 2018 la potencia instalada de energía solar se situó en 7.018 megavatios (4.714 megavatios correspondientes a solar fotovoltaica y 2.304 megavatios a solar térmica), lo que representa alrededor del 7 por ciento del total de la potencia instalada en España.
La Unión Española Fotovoltaica calcula que cada año deberán incorporarse 3.000 megavatios para alcanzar las metas fijadas por lo que intermediarios y empresas se han lanzado a una auténtica carrera en busca de suelo donde instalar huertos solares. En el despacho de la abogada vallisoletana Celia Miravalles el goteo de consultas es constante desde hace un año y especialmente intenso durante los últimos meses. Sus clientes son agricultores que quieren conocer la letra pequeña de los contratos de arrendamiento que están recibiendo.
En ellos, se incluye una reserva de suelo de un plazo de dos años hasta ver si el parque es finalmente aprobado o no. En caso afirmativo, el arrendamiento se extiende durante 25 años con rentabilidades de entre 900 euros y 1.200 euros, que elevan exponencialmente las que ofrecen los cultivos de secano, de apenas 300 euros por hectárea.
La búsqueda de suelo se extiende a prácticamente a todas las comunidades: Castilla y León, Castilla-La Mancha, Murcia, Valencia, Andalucía... No valen todas las tierras sino las que están más cercanas a los puntos de evacuación fijados por Red Eléctrica. Si la cercanía es a una subestación, los precios ofrecidos se disparan. Es el caso de la localidad madrileña de Meco, donde se están ofreciendo precios de 1.800-2.000 euros.
La proliferación de huertos solares se presenta así, como una buena oportunidad para mejorar los exiguos ingresos de muchos agricultores. Aunque también puede tener efectos colaterales para el sector. De hecho, el reverdecimiento de estos proyectos fotovoltaicos, que tuvo su época dorada en 2007 y 2008 con la burbuja creada por José Luis Rodríguez Zapatero, ha hecho saltar las alarmas en la organización agraria Asaja León.
Su secretario general, José Antonio Turrado, explica que ante las dificultades que los promotores están teniendo para ponerse de acuerdo con un elevado número de propietarios privados, están recurriendo a terrenos de entidades públicas -juntas vecinales y ayuntamientos- donde hay agricultores en arrendamiento que se pueden quedar sin tierra de cultivo. "En realidad estamos hablando de macrohuertos porque las conexiones que da REE son las que son y se buscan proyectos de 1.000 hectáreas y como la tierra está muy fraccionada encuentran dificultades".
Otra de las razones por las que buscan propiedades comunales es que muchas zonas de tierras en propiedad están protegidas medioambientalmente o son regadíos "donde sería una barbaridad" porque están declarados de Interés General de la Nación.
"Sin damnificados"
"Si tú eres el propietario y decides dejar de cultivar no decimos nada, pero si estás en arrendamiento y te echan, el agricultor sale perjudicado. Siempre que haya damnificados nos vamos a oponer", afirma el también secretario general de Asaja Castilla y León.
La organización agraria se ha dirigido hace unas semanas a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente pidiendo que no permita la instalación de parques solares en zonas de monte público. "Son terrenos que tienen vocación forestal pero que se están dedicando a agricultura de manera excepcional. Si se dedican a una actividad industrial la calificación es irreversible".
La abogada especializada en Derecho Agrario, Celia Miravalles, recuerda la importancia del asesoramiento legal antes de firmar este tipo de contratos dada su complejidad.
Destaca que este tipo de contratos no está regido por la Ley de Arrendamientos Rústicos, por lo que hay que estar a lo que se estipule entre las partes, y subsidiariamente, a lo que establezca el Código Civil. "Son contratos muy abusivos en los que las empresas quieren ir con muchas prisas con el gancho de los altos precios. Pero hay que tener en cuenta que hablamos de plazos muy largos, en los que rigen prórrogas forzosas y potestativas para la empresa solar", indica. En otras ocasiones, fijan cláusulas que les permiten finalizar el contrato sin indemnización antes del plazo si no tienen el suficiente rendimiento económico.Celia Miravalles destaca también un aspecto muy importante a tener en cuenta. Solo algunas Comunidades, como es el caso de Andalucía, obligan por Ley a la empresa a hacerse cargo del desmantelamiento del parque una vez concluida su vida útil. En otras, como Castilla y León o Aragón, sin embargo, no es obligatorio. "Nos podemos encontrar con que dentro de 30 o 40 años el propietario de los terrenos tenga que hacerse cargo de retirar las placas, que requieren planes muy complejos y costosos porque se habla de residuos peligrosos con una legislación muy estricta".
Hay que tener en cuenta, además, que muchas veces los promotores no son empresas reconocidas, sino que se trata de sociedades mercantiles creadas para lograr el terreno y pedir los permisos, que luego traspasan "y no sabemos si el futuro propietario se va a hacer cargo".
Esta abogada, reconoce la oportunidad que estos parques ofrecen a los agricultores, pero insiste en la necesidad de "mirar muy bien los casos". Normalmente, los promotores te obligan a no negociar con ninguna otra empresa durante los 24 meses siguientes a la firma. En ese tiempo, la empresa puede entrar a hacer los estudios pertinentes. "Te pueden generar daños en los cultivos ya sembrados o te puede afectar al cobro de las ayudas de la PAC. Eso hay que tenerlo también en cuenta a la hora de negociar". Es a partir de los dos años cuando empiezan a pagar la renta acordada.
Otro de los aspectos que conviene analizar son los gastos e impuestos que se generan y quien debe pagarlos. El caso del IBI es claro. Aunque en los terrenos rústicos es una cantidad pequeña, los terrenos pasan a la categoría de suelo industrial y se elevan de forma notable.
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