Empresas y finanzas

Las empresas de redes de gas y electricidad con mucha deuda cobrarán el 1% menos

  • La CNMC vigilará a las filiales de EDP, Endesa, Iberdrola, Naturgy y Viesgo, así como a REE y Enagás
  • El impacto rondará los 85 millones al año, según las últimas propuestas del Regulador
  • Se persigue que las empresas mantengan una calificación crediticia equivalente a 'A'
Jos? Mar?a Mar?n Quemada, presidente de la CNMC. Foto: Alberto Mart

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) velará por que el nivel de endeudamiento y la capacidad económico-financiera de las empresas distribuidoras y transportistas de gas y electricidad se mantengan en niveles adecuados. Les aplicará una penalización económica máxima del 1% de sus ingresos regulados en el caso de superen un 10 por ciento los valores de un Índice Global de Ratios que determinará cada año para cada empresa.

El Gobierno se lo había reclamado la CNMC y ésta ha atendido a la petición, que aparece recogida en las propuestas de circulares sobre la metodología para el cálculo de la retribución del transporte y la distribución de electricidad, ya remitidas al Consejo de Estado y publicadas el jueves.

Con ello el Regulador quiere asegurarse de que las empresas pueden cumplir sus compromisos de inversión, operación y mantenimiento de las infraestructuras, a un coste razonable, y evitando un impacto negativo en los consumidores, ya sea un incremento de los precios finales o un deterioro de la calidad de los suministros.

La penalización máxima del 1% ronda los 85 millones de euros al año entre los dos sectores, según las últimas propuestas de la CNMC: en el eléctrico son unos 55 millones para la distribución y unos 13 millones para el transporte, y en el gasista unos 10 millones para la distribución y otros 8,5 millones para el transporte.

Para que las empresas puedan adaptarse, no se aplicará hasta el cuarto año del segundo período regulatorio, esto es, 2029 en el caso del eléctrico y 2030 en el caso del gas. Las compañías tendrán que remitir información de carácter contable y económico-financiera trimestral y anualmente.

No obstante, para los siguientes períodos regulatorios dicho porcentaje podría incrementarse al objeto de trasladar una señal mayor a los agentes y fomentar que mantengan una estructura financiera adecuada.

Los valores de referencia para las empresas aparecen recogidos en la Comunicación de la CNMC 1/2019, de 23 de octubre, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado.

Calificación crediticia 'A'

La Comunicación de la CNMC plantea seis ratios para medir el nivel de apalancamiento financiero. A grandes rasgos, según se explica en su memoria justificativa, los ratios equivalen a un calificación crediticia A, asociado a un grado intermedio-alto y sujeta un a riesgo crediticio bajo. Con detalle, los ratios son:

El Ratio 1 se utiliza para medir el nivel de apalancamiento financiero, es decir, la proporción de deuda del total de capital – deuda y fondos propios. Tiene una ponderación del 10% en el índice global de ratios. Las empresas que no superen el valor del 70% estarán dentro del rango de valores recomendables. 

El Ratio 2 se emplea para valorar la capacidad de cobertura de los intereses. Pondera el 5% en el índice global. El valor mínimo recomendable será de 5 veces, según la fórmula de cálculo que se enuncia en la Comunicación. 

El Ratio 3 evalúa la proporción de activos que están financiados por deuda. Tiene una ponderación del 30% en el índice global de ratios. Las empresas que no superen el valor del 70% estarán dentro del rango de valores recomendables. 

El Ratio 4 sirve para medir la capacidad de una sociedad de hacer frente a la devolución de la deuda a través de su ebitda. Es decir, calcula el número de años que el ebitda tendría que ser exclusivamente dedicado a la devolución de la deuda para la amortización total de ésta. Pondera el 20%. El valor máximo recomendable será de 6 veces. 

El Ratio 5 mide la capacidad de una empresa de hacer frente a la devolución de la deuda a través de los fondos procedentes de operaciones. Es decir, calcula el número de años que los fondos procedentes de las operaciones tendrían que ser exclusivamente dedicados a la devolución de la deuda para la amortización total de ésta. Dado que los fondos procedentes de las operaciones ofrecen una visión más completa que el ebitda, se le ha dotado de una ponderación del 35%. El valor máximo recomendable es de 7,3 veces. 

La CNMC otorga prioridad al Ratio 3 sobre el Ratio 1, al reflejar de una manera más adecuada el apalancamiento financiero a nivel regualtorio. También considera más relevante el Ratio 4 sobre el Ratio 5 porque los flujos procedentes de operaciones ofrecen una visión más completa que el ebitda. Como el Ratio 2 hace referencia a la cobertura de intereses, debería presentar valores holgados y se le ha otorgado una ponderación reducida.

La medida afectará a las filiales con actividades reguladas de REE y Enagás -transportistas de electricidad y gas, respectivamente-, de EDP, Endesa, Iberdrola, Naturgy y Viesgo -están excluidas las distribuidoras eléctricas con menos de 100.000 clientes-, así como a Madrileña Red de Gas, Nortegás, Redexis y Gas Extremadura.

58,6 millones por leer los contadores

Por otro lado, las distribuidoras eléctricas cobrarán un 42% menos por la lectura de los contadores, desde los 101 millones de euros otorgados por la normativa actual, hasta los 58,6 millones que quiere aplicar la CNMC en 2020.

En la facturación de peajes de acceso y gestión de impagos también hay una importante reducción retributiva, desde los 106 millones actuales hasta los 66 millones el año que viene.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky