Elecciones Generales

La gran diferencia entre precampaña y campaña (que la hay) la marca la ley electoral

  • La precampaña no tiene fecha de inicio, por lo que puede durar meses
  • La convocatoria de elecciones pone coto a los actos de partidos en precampaña
  • La gran diferencia con la campaña es que en ella no puede pedirse el voto
Cartelería en unas elecciones. Foto: Reuters

Llevamos tiempo en precampaña. Podría decirse que incluso desde antes de conocerse el adelanto electoral. Está en la naturaleza de los partidos intentar captar adeptos en cualquier momento, con cualquier excusa y ante cualquier foro. Sin embargo, la convocatoria de elecciones abre un abanico de plazos que marcan un antes y un después sobre qué pueden hacer o decir los políticos y qué no. | Especial Elecciones Generales.

La precampaña es, básicamente, abonar el terreno y prepararlo para una buena cosecha. Sin fecha de inicio concreta, pues este periodo no está definido como tal en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), su fin lo marca el inicio de la campaña. Movilizar al electorado es la motivación principal de los partidos en este tiempo pero tendrán que tener en cuenta algunas cuestiones que quedan prohibidas. 

La convocatoria para las elecciones generales del próximo 28 de abril se firmó el 5 de marzo. Esta fecha, que podría tenerse como el inicio 'oficioso' de la precampaña, abre un plazo en el no se pueden hacer ciertas cosas:

- desde el día de la convocatoria hasta el inicio de la campaña electoral (siempre se inicia 16 días antes de la cita con las urnas y termina dos días antes), los partidos no pueden pedir el voto expresamente. Es decir, desde el día 5 de marzo hasta el día 12 de abril ninguna formación ni candidato debería apelar -o haber apelado- al voto de manera explícita. Antes y después de esa etapa, sí. 

En concreto, el artículo 50.2 de la LOREG especifica que desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones.

- también queda prohibido, según el artículo 50.3 de la LOREG, realizar cualquier acto de inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de estos, cualquiera que sea la denominación utilizada, sin perjuicio de que dichas obras o servicios puedan entrar en funcionamiento en dicho periodo.

Durante los 15 días que dura la campaña -para el 28-A se extenderá del 12 al 26 de abril- los partidos vuelven a tener total libertad para pedir a los electores el voto, por los medios que estimen oportunos y de la forma que quieran. Todo ello encaminado a que la cosecha salga buena.

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