MADRID, 26 (EUROPA PRESS)
El titular del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid, Santiago Senet, decidirá en un plazo de cinco días si suspende la tramitación de la demanda interpuesta por los sobrinos de Isidoro Alvarez, Ramón, María del Rosario y María Jesús Areces Fuentes, que piden vender un 10% de sus acciones de El Corte Inglés a precio de mercado, lo que supondría un importe de 32 millones de euros.
El juez tendrá que dirimir si espera a que la Audiencia Provincial de Madrid se pronuncie sobre el recurso de oposición interpuesto por la empresa contra el fallo que dio la razón a su hermano César Areces y que obliga al Corte Inglés a adquirir su participación del 0,68% por un importe de 98,5 millones de euros o si, por el contrario, continúa con la tramitación de esta demanda de forma separada.
Esta fue la conclusión de la audiencia previa celebrada hoy, que comenzó con la negativa de la acusación a llegar a un acuerdo previo y finalizó con el compromiso por parte del juez de cumplir "escrupulosamente" con el plazo de cinco días para emitir auto al respecto. La Audiencia Provincial resolverá el recurso previsiblemente dentro de un año.
Los abogados de El Corte Inglés solicitaron al juez el archivo "inmediato" de la demanda al entender que las mismas personas promueven procedimientos "similares" y su resolución podría dar lugar a sentencias "contradictorias".
Asimismo, alegaron que la sentencia emitida por el Juzgado de lo Mercantil número 3 el pasado mes de marzo desestimó todas las pretensiones de los demandantes, a excepción de la referida al precio, y declaró "válidos" todos los acuerdos aprobados en su día por el consejo y en las juntas de El Corte Inglés.
Por su parte, la letrada de los hermanos Areces, perteneciente al despacho Jiménez de Parga, defendió que en este caso son Ramón, Rosario y María Jesús los demandantes, cuando en la anterior era sólo César. En el otro procedimiento los tres hermanos se adhirieron a la demanda de César sólo en lo referente a la petición de impugnación de la modificación de los estatutos sociales realizada por la junta de la empresa en agosto de 2005 que "no se plantean en este caso", afirmó la letrada.
La acusación mantiene que se trata de "dos acuerdos diferentes en momentos diferentes y con actores distintos". La diferencia entre los dos acuerdos estriba en que César Areces no estableció en ningún momento el pacto previo de compra-venta de las acciones con la compañía, mientras que los tres hermanos llegaron al acuerdo de consentimiento de la compra-venta e incluso a fijar fecha de firma ante notario, que finalmente no se formalizó.
Por su parte, la titular del Juzgado de lo Mercantil número 3, Miriam Iglesias, ya desestimó la petición de acumulación de ambos procedimientos solicitada por los letrados de los hermanos Areces en auto dictado el pasado mes de marzo.
Los tres hermanos Areces quieren poner a la venta el 10% de los títulos de El Corte Inglés que poseen por vía hereditaria y que a valor de mercado sumarían 32 millones de euros. Cada uno de ellos posee un 0,68% de las acciones del gigante distribuidor porcentaje que a valor de mercado supone, según la sentencia de Iglesias que aprobó la valoración de los peritos contratados por los demandantes, 98,5 millones de euros.
Por su parte, El Corte Inglés ofrecía a César Areces 35 millones de euros por el total de su porcentaje del capital social de la compañía según la valoración basada en el valor teórico contable de las acciones elaborada por el catredrátido de Economía, Leandro Cañibano.
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