Economía

La Seguridad Social concede de forma automática el Ingreso Mínimo Vital sin que los trabajadores lo pidan en estos casos

Foto: Dreamstime.

El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda clave para casi 2,3 millones de trabajadores (de acuerdo con los datos de la Seguridad Social del mes de julio) que, para acceder a ella, tuvieron que solicitárselo al organismo en buena parte de los casos.

Pero, aunque parezca extraño, existen casos en los que la Seguridad Social propone automáticamente el cobro del Ingreso Mínimo Vital a los trabajadores, siempre que cumplan con los requisitos que aplican para todos los beneficiarios de esta renta garantizada.

Lo ha explicado el propio Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en su perfil de X (antes Twitter): el organismo esta concediendo el Ingreso Mínimo Vital a "los perceptores de desempleo asistencial que dejan de recibirlo", siempre que cumplan con los requisitos obligatorios.

Es lo que se llama pasarela al Ingreso Mínimo Vital, un mecanismo que el que la Seguridad Social se propuso eliminar cargas administrativas a los posibles beneficiarios del IMV, que se puede cobrar en estos casos "sin solicitar el IMV ni aportar documentación alguna".

La medida fue incluida en la reforma de los subsidios por desempleo (en el Real Decreto-ley 2/2024, que se puede consultar en este enlace) y se encuadra dentro de una batería de modificaciones que persiguen combatir uno de los principales problemas que afrontó el IMV desde su puesta en marcha a mediados de 2020: que no llegase al número potencial de beneficiarios que se le atribuye.

Tal y como explica el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en su página web, el funcionamiento de la pasarela del Ingreso Mínimo Vital se resume en cuatro pasos:

  1. En el trimestre anterior al agotamiento del subsidio, el SEPE informará al beneficiario de acerca de la posibilidad de remitir a la Seguridad Social sus datos y los de su unidad familiar para gestionar la solicitud del Ingreso Mínimo Vital.
  2. La persona beneficiaria debe otorgar su consentimiento y suscribir una declaración responsable con el consentimiento del resto de integrantes de su unidad familiar.
  3. En el caso de autorizar ese consentimiento, el SEPE remitirá a la Seguridad Social toda la información necesaria durante los primeros diez días siguientes al agotamiento del subsidio.
  4. Si se reconoce el derecho al IMV, el hecho causante será en la fecha de agotamiento del subsidio y los efectos económicos serán a partir del siguiente día, por lo que el ciudadano no tendrá interrupción en el cobro de ayudas.
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