
Las personas que cobran el paro, la prestación contributiva por desempleo, reciben una cobertura de hasta dos años (en el mejor de los casos) cuando se quedan sin trabajo. Es la ayuda de mayor cuantía, por encima de los subsidios, y ahora se puede prolongar más tiempo y mantenerla a la vez que se cobra un sueldo tras obtener un nuevo empleo.
La reforma de las prestaciones impulsada por el Gobierno y con el objetivo de satisfacer los compromisos adquiridos con la Unión Europea para la recepción de los fondos de reconstrucción tras la pandemia de coronavirus incluyó una novedad importantísima que tiene el objetivo de impulsar a los trabajadores a buscar empleo y que no se contenten con el cobro del paro o el subsidio.
Así nació el Complemento de Ayuda al Empleo (CAE). Sobre él ha advertido el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en su cuenta de X, explicando que "permite compatibilizar la percepción de los subsidios con el trabajo tanto a tiempo parcial como a tiempo completo" y que se aplica al paro desde el pasado 1 de abril.
El organismo detalla que "la compatibilidad se reconocerá de oficio a las personas beneficiarias" y que, en el mejor de los casos, se podrá percibir con el salario "un período máximo de 180 días".
En su página web, el SEPE explica que la aplicación del CAE se hace de dos formas diferentes, dependiendo si el paro se generó antes o a partir del 1 de abril.
En casos de paro antes del 1 de abril de 2025
Los ciudadanos que viniesen percibiendo el paro antes de esa fecha podrán cobrar el CAE solo si la duración de su prestación sea de al menos 14 meses y se haya superado el noveno mes de devengo de la prestación. En este caso, hay que pedirlo, no se concede de oficio.
La normativa obliga a cumplir varios requisitos: que la empresa no se encuentre en un ERE (Expediente de Regulación de Empleo), que el trabajador no estuviese contratado en ella en los 12 meses anteriores y que no tenga relación alguna hasta el segundo grado con el empresario o cualquiera de los directivos de la empresa.
Como hay que pedirlo y no se concede de oficio, para poder cobrar el CAE desde el primer momento en el que es válido, se debe solicitar dentro de los 15 días siguientes al inicio de la relación laboral y, si se hace más tarde, producirá efectos desde la fecha de su presentación siempre que, en dicha fecha, la relación laboral continúe vigente", según afirma el SEPE.
En casos de paro a partir del 1 de abril de 2025
La principal diferencia es que, al contrario de lo que sucede con las prestaciones de antes del 1 de abril, en estos casos el SEPE sí concede de oficio el Complemento de Ayuda al Empleo.
Por lo demás, los requisitos son iguales: solo se podrá cobrar si el beneficiario tiene derecho al menos a 14 meses de paro y cuando haya devengado el noveno mes de prestación. Se exige que la empresa no esté en un ERE, que el trabajador no hubiese trabajado para ella en los 12 meses anteriores y no tenga relaciones de hasta segundo grado con el empresario y los directivos.
Cuánto tiempo se cobra el paro mientras trabajas
El SEPE informa de que la duración de ese complemento "depende del mes de prestación en que inicies la compatibilización con el trabajo por cuenta ajena":
- Si se inicia en el décimo mes de prestación, la duración es de 30 días.
- Si se inicia en el undécimo mes de prestación, la duración es de 60 días.
- Si se inicia en el duodécimo mes de prestación, la duración es de 90 días.
- Si se inicia a partir del decimotercer mes de prestación, la duración es de 180 días.
Eso sí, en todo caso la duración del complemento está supeditada a la duración que tuviese el paro: si acaba antes de que se agote el tiempo durante el que se puede cobrar dicho complemento, no se cobrará más días de ese plazo. Un ejemplo: si una persona empieza a cobrar el CAE en el mes número 14 y tiene un paro reconocido de 16 meses no podrá percibir el CAE durante 180 días.
Cuánto paro se cobra mientras trabajas a jornada completa
El SEPE explica que el CAE "se calculará en función de la jornada pactada al inicio de la compatibilización y del mes de prestación en que lo vas a percibir".
- El importe del complemento es de 480 euros mensuales si se percibe del mes 10 al 15 de duración de la prestación.
- El importe del complemento es de 360 euros mensuales si se percibe del mes 16 al 18 de duración de la prestación.
- El importe del complemento es de 240 euros mensuales si se percibe del mes 19 al 21 de duración de la prestación.
- El importe del complemento es de 180 euros mensuales si se percibe del mes 22 al 24 de duración de la prestación.
Cuánto paro se cobra mientras trabajas a tiempo parcial
En este caso, la cuantía de la prestación depende del porcentaje de la jornada que se trabaja:
- Del mes 10 al mes 15 se perciben 450 euros en jornadas de al menos el 75% de la jornada completa, 420 euros si la jornada se encuentra entre el 50% y el 74% y 360 euros cuando se trabaja menos del 50%.
- Del mes 16 al 18 se perciben 300 euros en jornadas de al menos el 75% de la jornada completa, 270 euros si la jornada se encuentra entre el 50% y el 74% y 240 euros cuando se trabaja menos del 50%.
- Del mes 19 al 21 se perciben 210 euros en jornadas de al menos el 75% de la jornada completa, 180 euros si la jornada se encuentra entre el 50% y el 74% y 150 euros cuando se trabaja menos del 50%.
- Del mes 22 al 24 se perciben 150 euros en jornadas de al menos el 75% de la jornada completa, 120 euros si la jornada se encuentra entre el 50% y el 74% y 90 euros cuando se trabaja menos del 50%.