Economía

Los trabajadores que nacieron a partir de 1960 pueden jubilarse con el 100% de la pensión en estos casos

Foto: Getty.

Los trabajadores que se acercan a la edad de jubilación están muy atentos a las condiciones en las que pueden retirarse profesionalmente de forma definitiva: es decir, al momento en el que pueden jubilarse y con qué pensión, que será su principal fuente de ingresos en la mayoría de los casos. Es lo que pasa, por ejemplo, con los trabajadores que nacieron en 1960.

Las personas que nacieron en 1960, es decir, hace 65 años, podrían tener derecho a jubilarse este mismo año, pero siempre que lo hagan cumpliendo una serie de requisitos marcados por la ley. De hecho, algunos de estos trabajadores lo podrán hacer incluso cobrando el 100% de su pensión de jubilación.

Cómo jubilarse en 2025 a los 65 años

Esto se debe a que en 2025 las personas que nacieron en 1960 podrán llegar a la edad de jubilación ordinaria. Esta edad es de 65 años (los que cumplirán estas personas durante el actual ejercicio) si se llega a ella con al menos 38 años cotizados.

De lo contrario tendrán que esperar un par de años o acogerse a la jubilación anticipada, que exige al menos 35 años cotizados en su modalidad anticipada y obliga al pensionista a asumir recortes en su pensión de jubilación.

En paralelo, deben acceder a la jubilación desde una situación de alta o asimilada a la Seguridad Social y no tener deudas pendientes con el organismo.

Cómo cobrar el 100% de la pensión de jubilación a los 65 años

En el caso de que reúnan la cotización necesaria para jubilarse (reuniendo el resto de requisitos), a estos trabajadores no solo se les permitirá jubilarse a partir de los 65 años sin recortes en la pensión. Además, tendrán derecho al 100% de su pensión, la forma coloquial con la que nos referimos a percibir el 100% de la base reguladora.

La clave está en el método de cálculo de las pensiones de jubilación de la Seguridad Social, que garantiza el 100% de la base reguladora a los trabajadores que alcanzasen al menos 36 años y medio cotizados durante toda su vida laboral:

  • Se otorga el 50% de la base reguladora por los primeros 15 años cotizados
  • Se concede el 0,21% extra por cada uno de los siguientes 49 meses.
  • Se concede el 0,19% extra por cada uno de los siguientes 209 meses.

Para hallar esta base reguladora, hay que sumar las bases de cotización de los 25 años anteriores a la jubilación, un total de 300 bases de cotización, y dividir esta suma entre 350. En este cálculo, no obstante, influyen dos aspectos extra:

  • La Seguridad Social aplica coeficientes en todas las bases de cotización (salvo las de los dos últimos años) para reflejar en ellas el efecto de la inflación.
  • Se permite la integración de lagunas para rellenar con bases ficticias de entre el 100% y el 50% de la base mínima los periodos sin cotizar. Los trabajadores autónomos y las empleadas de hogar no pueden usar esta ventaja.
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