Economía

La Seguridad Social concede la baja con el 100% del sueldo a este grupo nuevo de trabajadores a partir de 2025

Foto: Dreamstime.

La incapacidad temporal, denominación oficial de lo que la mayoría de trabajadores conoce como 'la baja', incluye a un gran número de beneficiarios que se acogen a ella cuando han de interrumpir su actividad laboral por motivos de salud y conlleva el cobro de una prestación que recientemente se ha ampliado a un nuevo grupo de personas.

Así lo ha recordado la Seguridad Social en la cuenta de X (antes Twitter) de su revista, que se ha referido a la "nueva situación de Incapacidad Temporal desde el pasado marzo que da cobertura a los donantes en vivo de órganos o tejidos".

Con la aprobación del la Ley 6/24, de 20 de diciembre (puede consultarlo en este enlace) se dio luz verde a que las personas que participasen como donantes en un trasplante de órganos reciban la baja y cobren la prestación por incapacidad permanente sin perder ni un céntimo de su salario.

Lo justifica el preámbulo de la ley, que informa de que "la donación de órganos conlleva una intervención quirúrgica para la extracción del órgano, por lo que la donación de médula que implica un período en el que la persona donante, en caso de ser trabajador por cuenta propia o ajena o funcionario público, requiere asistencia sanitaria y se encuentra impedido para el trabajo", además de destacar el gesto altruista que supone esta acción.

La ley modifica la Ley General de la Seguridad Social, cuyo artículo 169 (puede consultarlo en este enlace) pasa ahora a reconocer que la situación de incapacidad permanente también "comprenderá tanto los días discontinuos como ininterrumpidos, en los que el donante reciba asistencia sanitaria de la Seguridad Social y esté impedido para el trabajo como consecuencia de la preparación médica de la cirugía, como los transcurridos desde el día del ingreso hospitalario para la realización de esta preparación o la realización del trasplante hasta que sea dado de alta por curación".

Cuánto se cobra estando de baja

Al tratarse de una situación especial de incapacidad temporal, la prestación será un "subsidio equivalente al 100% de la base reguladora establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes". Y lo más importante: no requiere de un periodo previo de cotización.

Según informa la Seguridad Social en su página web, la base reguladora es el resultado de dividir el importe de la base de cotización por contingencias comunes de la persona trabajadora en el mes anterior a la fecha de iniciación de la incapacidad por el número de días al que se refiere dicha cotización (30, si la persona trabajadora tiene salario mensual; 28, 29, 30 o 31, si tiene salario diario).

Con todo, existe una excepción: que la baja tenga lugar el mismo mes en el que el trabajador ha ingresado en la empresa. En ese caso, se tendrá en cuenta la base de cotización de ese mes dividida por los días cotizados. Lo mismo sucederá cuando la persona trabajadora no haya permanecido en alta durante todo el mes natural anterior.

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