Economía

Así quedan la jubilación activa, demorada y parcial con los cambios que entran en vigor este 1 de abril

  • La jubilación activa elimina el requisito que castigaba a las carreras cortas
  • Se establece un incentivo adicional en el caso de la jubilación demorada
  • Se amplía a tres años de la posibilidad de anticipo de la edad de jubilación
Foto: iStock

Las nuevas medidas para mejorar la compatibilidad de la pensión con el trabajo, aprobadas por el Gobierno mediante Real Decreto-ley a finales de diciembre entran en vigor este 1 de abril y completan el proceso de reformas iniciado en 2021, con el que se busca acercar la edad efectiva de jubilación a la edad legal ordinaria y establecer un nuevo abanico de opciones para el trabajador de cara a la jubilación.

Las medidas, que se enmarcan en el Pacto de Toledo (concretamente en su recomendación 12 sobre la edad de jubilación), fueron acordadas en la Mesa de Diálogo Social de Seguridad Social y Pensiones e implican grandes cambios en las tres modalidades de jubilación. a partir de este 1 de abril.

Mejoras de la jubilación activa

En lo referente a la jubilación activa (la que permite compatibilizar durante un tiempo determinado la pensión y el trabajo una vez se accede al retiro) se elimina el requisito de tener una carrera de cotización completa, lo que facilita su acceso y tiene una especial incidencia desde la perspectiva de género ya que favorece a colectivos con carreras de cotización más cortas e intermitentes, históricamente copadas por mujeres debido a la dedicación al cuidado de hijos u otros familiares.

La jubilación activa posibilita que por cada año que se compatibilice trabajo y pensión se incremente el porcentaje a aplicar en el percibo de la prestación, en función de una escala. Así, si la demora es de un año, el porcentaje correspondiente de la pensión será del 45%; si es de dos, del 55%; si es de 3, del 65%; del 80% en el caso de cuatro años de demora y si llega a cinco años o más, podrá percibirse hasta el 100% de la prestación.

Además, cada 12 meses de actividad profesional ininterrumpida en los casos de jubilación activa, el porcentaje de la pensión se irá incrementando cinco puntos porcentuales, sin que, en ningún caso, se supere el 100% de la pensión.

Otra novedad importante es que este tipo de jubilación será compatible con los incentivos de demora, que hasta ahora no se percibían en esta modalidad.

Incentivo adicional en la jubilación demorada

La nueva regulación ofrece la posibilidad de recibir un incentivo adicional del 2% por cada seis meses de demora a partir del segundo año, y no sólo por cada doce meses como hasta ahora. Desde 2022, los incentivos para demorar la jubilación se han mejorado por tres vías:

  • Un aumento del 4% de la pensión por cada año de demora.
  • Un "cheque" por año de demora, (cuantía en función de la base reguladora de la pensión).
  • Una combinación de las dos anteriores

Los cambios en la jubilación parcial

Los cambios en la regulación de la jubilación parcial que recoge el Real Decreto-ley establece la ampliación de dos a tres los años de la posibilidad de anticipo de acceso a la edad de jubilación, eso sí, con adaptaciones en la reducción de la jornada. Además, se mejoran las condiciones del trabajador relevista, cuya contratación tendrá que ser indefinida y a tiempo completo.

Para acogerse a este sistema, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha habilitado una vía presencial y otra telemática (en este enlace) y además, existe un servicio de atención telefónica del INSS (901 16 65 65 / 91 542 11 76) y otro para solicitar cita previa (901 10 65 70 / 91 541 25 30).

Desde el Ministerio que dirige Elma Saiz indican que con esta nueva regulación de la jubilación activa, demorada y parcial se pretende "que los trabajadores tengan una salida del mercado de trabajo más progresiva y flexible, en línea con los países de nuestro entorno". La propia ministra ha asegurado que "se trata de medidas que facilitan a los trabajadores que el tránsito hacia su jubilación tenga la suficiente flexibilidad para adaptarse a las condiciones y situaciones de cada uno de ellos".

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