Economía

País Vasco y Navarra definirán sus propios tipos y deducciones en la tasa bancaria

  • Hacienda tendrá que negociar con las CCAA forales cambios en el concierto
  • La normativa deja un margen amplio y deja el diseño al acuerdo político
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero.

El Congreso de los Diputados respaldó una adelgazada reforma fiscal el pasado jueves que estará acompañada de un nuevo impuesto que gravará el margen de intereses y comisiones de las entidades que operen en España. La medida tomó forma a raíz de los pactos del PSOE con Junts y PNV y después, con ERC, EH Bildu y PNV para evitar que esta enmienda decayera en la Comisión de Hacienda. Como resultado, los territorios que cuentan con sistemas forales (País Vasco y Navarra) contarán con margen para perfilar la tasa a la banca, incluidos el tipo y las bonificaciones, de acuerdo con los expertos consultados por elEconomista.es.

La norma que creará esta carga tiene que superar el trámite del Senado, donde quedará aprobada de manera definitiva, antes de iniciar una negociación entre Hacienda y el gobierno autonómico en la comisión mixta del concierto económico. En este órgano, deberán llegar a un acuerdo sobre si la asunción es parcial o total, aunque los pactos políticos parecen apuntar en esta segunda dirección, puesto que el PNV aseguró haber conseguido "la concertación con capacidad normativa". Es decir, Euskadi podrá ir tan lejos como le permita el Gobierno central en el nuevo diseño del marco fiscal, ya que el qué y cómo se hace quedará determinado en este diálogo, según apuntan fuentes del departamento de María Jesús Montero.

"El hecho de que pase a ser un impuesto permite que pueda ser concertado, el gravamen especial fue denominado prestación patrimonial de carácter público no tributarias lo que no permitía que se diera este traspaso a estas comunidades" explica el catedrático de Economía Aplicada de la Universidad Pablo Olavide de Sevilla e investigador de Fedea, Diego Martínez, a este periódico. "Una vez dado este paso, los márgenes son relativamente amplios y están sujetos a los equilibrios de poder político". La Comunidad Foral de Navarra tendrá que llevar a cabo otra negociación en paralelo para concertar el impuesto en su régimen foral.

Existen principios generales a los que están sujetos País Vasco y Navarra al igual que el resto de las comunidades autónomas, al estar bajo el paraguas de la ley orgánica de financiación de las comunidades autónomas. Por ello, en este proceso debería darse bajo la batuta de la armonización fiscal y la coordinación entre territorios. No obstante, los límites son laxos por lo que existe espacio para este acuerdo político.

De hecho, el economista apunta que ya existen otros precedentes. Este territorio aplica un tipo marginal más alto en los últimos tramos del IRPF que el del Estado y Navarra aplica un tipo máximo del 52%. El académico también menciona el caso de las vacaciones fiscales vascas, una medida económica con la que el País Vasco trató de atraer inversiones a comienzos de los años 90 con una reducción gradual de la base imponible del impuesto de sociedades y del crédito fiscal que fue declarada como ilegal en el año 2000 por las instituciones europeas, lo que se tradujo en una multa de 30 millones de euros a cargo de la hacienda vasca.

Otra ley para cambiar el concierto

Esta negociación se traducirá en una reforma del concierto económico vigente, que también tendrá que ser sometido a la votación del Parlamento. "En el caso del País Vasco, el concierto recoge los tributos concertados que gestiona Euskadi, pero cualquier nuevo impuesto estatal requiere una modificación del concierto económico mediante una ley específica, acordada entre el Gobierno central y el vasco en la comisión mixta del concierto económico" detalla el profesor de Hacienda Pública de la Universidad Complutense de Madrid y también investigador de Fedea, Jorge Onrubia Fernández.

Un tributo concertado pasa a ser tratado como propio, puesto que se integra en su sistema fiscal (algo que no sucede con el IVA). "Tendrá competencia normativa, de gestión y de uso de la recaudación, podrán incluir los tipos o las bonificaciones que consideren" resume el catedrático de Economía Aplicada de la Universidad Rey Juan Carlos e investigador asociado en el Área de Fiscalidad de Funcas, Desiderio Romero. "Ya sucede en el caso del impuesto de sociedades, donde cuentan con un tributo propio" añade, a la espera de conocer los detalles del acuerdo que cierren los dos gobiernos. Fuentes gubernamentales matizan que pueden participar otras carteras además de Hacienda, pese a que esta vaya a llevar la voz cantante en el diálogo.

La enmienda transaccional del PSOE y Junts, adelantada por este periódico establecía un abanico que va desde el 1% al 7%, en función de la base imponible, después de que los grupos de izquierdas forzasen un incremento del tipo más alto, aplicable a partir de los 3.000 millones a cambio de salvar la reforma fiscal. El mismo apartado, que ya ha sido incorporado a la norma, establecía que todo lo recaudado se transferirá a las autonomías en función de su PIB, lo que beneficiará a Madrid, Cataluña o Andalucía.

Esta diferencia entre territorios del régimen común y los del foral, así como el reparto a las CCAA hizo saltar las alarmas de la banca. El sector anunció que acudirá a los tribunales, ya que sospecha que los grupos nacionalistas buscaban beneficiar a firmas concretas. No obstante, aún no es posible anticipar cuáles serían, puesto que todo dependerá de lo estipulado en la mesa bipartita. En el argot técnico, se habla de puntos de conexión para referirse a los asuntos que no está claro si están bajo el paraguas de la jurisdicción foral o no. Los expertos avanzan un debate complejo al definir los criterios en base a los que el impuesto será recaudado por el Estado o por la hacienda foral (dónde tienen la sede, las oficinas o desarrollan su actividad).

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